Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

JORNADA NOCTURNA EN DíA FESTIVO

Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • licenciadoruben
    ABOGADO CIVIL

    Buenas Tardes a toda la comunidad y colegas tengo una duda respecto a derecho laboral y es la siguiente se supone que con fundamento en el articulo 74 de la Ley Federal del trabajo estan marcados los dias festivos que se les debe otorgar a los trabajadores y estos en el supuesto que laboren seran pagados al dobre mi duda es para los litigantes en derecho laboral en el supuesto de los medicos, enfermeros, veladores etc. el día 31 de diciembre que no es día festivo y que dichos trabajadores empiezan su jornada el dia 31 de diciembre en la noche y el primero de enero abarca su horario laborando. ¿ como se le debe de pagar ese día dado que inicio el 31 de diciembre día habil, pero el día 1 de enero abarco parte de su jornada se pagaria al doble por tomar parte del día primero de enero o se paga normal toda vez que su jornada laboral inicio el día 31 de diciembre? Muchas gracias por su respuesta. RECIBAN UN COORDIAL SALUDO

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión