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PROCURADURIA DEL CONUMIDOR

  • Consulta : 161605
  • Autor : MARIA LOPEZ 2012
  • Publicado : Lunes 23 de Julio de 2012 16:23 desde la IP: 201.148.37.241
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,138
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  • Autor
    Consulta

  • MARIA LOPEZ 2012
    USUARIO REGISTRADO

    Qué puedo hacer si al levantar mi DEMANDA EN EL CONUMIDOR, el conciliador estuvo todo el tiempo del lado del representante de MARCAS DE RENOMBRE  y nos fuimos a la SEGUNDA JUNTA DE CONCILIACIÓN, y yo no pude asistir por problemas de SALUD. Les llevé mi COMPROBANTE medico del HOSPITAL, pero me rechazaron mi justificante aduciendo que yo ya NO TENIA NADA MAS QUE HCER AHÍ, que debía solicitar la devolución de mi dinero por otra instancia porque al haber faltado a esa cita, y por la forma en que ellos originalmente redactaron el primer oficio, se acababa su responsabiliad como Procuraduría con mi caso.

    Hay algo que pueda hacer para que esa PROCURADURIA DEL CONSUMIDOR no nos trate de forma tan abusiva? Se supone que son quienes CUIDAN QUE EL PROVEEDOR DE SERVICIO NO ABUSE DE LOS CONSUMIDORES?. Ojalá me puedan asesorar, de verdad, fue un abuso ENORME!! Primero del PROVEEDOR LA FORMA TAN ENGAÑOSA EN QUE ME HIZO PASAR CASI UN AÑO SIN DEVOLVERME MI DINERO Y AHORA LA PROCURADURÍA SE PORTA EXACTAMENTE IGUAL ( Se pone del lado del Proveedor y me da la espala!!)

    EL PROVEEDOR ME HIZO DEVOLVER EL PRODUCTO Y NO ME DEVULVE MI DINERO DESPUES DE CASI UN AÑO DE ESTARLO SOLICITANDO!!!  Alguien me podría ayudar???? Mil gracias!!!!

    Excelente tarde y estar muy interesada en todos sus comenarios.

    Gracias!!!

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 276655

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La Procuraduría es conciliatoria y sólo después de no haber llegado a un arreglo, pueden someterse ante el Arbitraje ante la misma Procuraduría y intentar la acción civil que corresponda.

    Lamentablemente hay que estar al pendiente, pues las audiencias al ser conciliatorias, tienen que acudir las partes o alguien que las represente.

    Así que ahora tiene la posibilidad de someterse al arbitraje o presentar su demanda civil por incumplimiento de obligaciones...

    Suerte!





  • Autor
    Respuesta No: 276942

  • guerreraqro
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El solo hecho de promover la queja, es ya una obligaciòn del quejoso, tu, de asistir en todas y cada una de las diligencias o reuniones conciliatorias:

    La procuraduria, es un ente conciliador, por lo que no esta favor de nadie y les daja hablar  por si, antes de intervenir; para eectos y solo para ello, te digo, no rtienes ninguna oportunidad ante la PROFECO, ya que, no es ahi donde debes o debiste haber rclamado el cumpliniento de la devoluciòn, este ya es un asunto 100% del ramo civil, estas perdiendo el tiempo ante la procuraduria.

    Si faltaste, la ley es m uy clara, debieron dejar a salvo los derechos del  quejoso consumidor y BATEARTE directamejte a otra instancia.

    No puedes faltar por ninguna causa a una junta conciliatoria, el no asistir, por ley, se entiende que no tienes interes en conciliar, y desde luego que nignun documento te puede apoyar para acreditar  la causa por la que no puedes acudir.

    Solo como ejemplo:

    A mi,  me tocaba presentar una señora a una prueba confesional, que el marido le  interpuso como prueba.

    El marido acudio puntuialmnete; la señora no asistiò, me presenta el certificado  de defunsiòn de sus hijos, que en transito de carretera, y camino a desahogar la testimonial contra su padre, se mataron.

    Diras que es un pretexto para poder volver a pedir la prueba, pero el juez fue calro, si la contraria, el padre se present``o, la madre debio hacerlo, no tieen pretexto legal.

    No hay contenido humano para estos casos.



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