Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

ESTáN POR DESPEDIRME

  • Consulta : 125702
  • Autor : Chiti
  • Publicado : Miércoles 21 de Septiembre de 2011 12:37 desde la IP: 201.155.130.70
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • Chiti
    USUARIO REGISTRADO

    Hola a todos abogados.

     

    Acabo de enterarme que seré despedida esta semana.  No sé qué razones me darán, pero off the record se sabe que la empresa no anda nada bien.


    Han cerrado oficinas y concentrado a toda la gente en un solo lugar y han ido a las otras ciudades a despedir gente.  Sin embargo, desconozco qué razón me darán y ahí entra mi primera duda ¿no es lo mismo liquidación que finiquito?, ¿comprenden ambas distintas cosas?

     

    Tengo tres años y un mes cumplidos trabajando en este lugar y según se esto es lo que me correspondería una vez sepa el salario diario para hacer el cálculo exacto.  ¿Podrían corregirme y responderme mis dudas anteriores, por favor? Muchas gracias.


    Esto creo yo que deben darme.

     

    Tres meses de sueldo

    20 días por año laborado

    Prima Vacacional (ya me la dieron)

    Parte proporcional de aguinaldo

    Días transcurridos de la quincena actual

    ¿Los días de vacaciones no disfrutados también deben pagármelos?

     

    Agradezco mucho su atención y respuesta.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión