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DESCANSO EXTRAORDINARIO - PERIODO DE LACTANCIA
- Consulta : 259908
- Autor : migue.rrhh_NR
- Publicado : Miércoles 18 de Marzo de 2015 17:13 desde la IP: 187.176.115.216
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,111
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 18 de Marzo de 2015
Estado de Referencia: Jalisco
Buen día.
En la empresa donde laboro (soy personal de Recursos Humanos) hay una trabajadora que acaba de regresar de su descanso por periodo postnatal; estuvimos revisando el tema del periodo extraordinario de descanso para lactancia y, debido a sus funciones en la empresa (recepción y apoyo a RR.HH.) se nos complicaría muchísimo permitirle la entrada o la salida una hora antes, especialmente porque tenemos que retirar a alguien de sus labores propios; por lo que se le dieron dos opciones a elegir:
1- Tomar 2 medias horas, una por la mañana y otra por la tarde, con por lo menos 1 hora y media de diferencia con la hora de entrada y de salida.
2- "Extender" su horario de comida una hora, considerando media hora antes de comer y media hora después.
Ella se había decidido por la segunda opción, pero hoy en la mañana me comenta que "se asesoró" y que ella tiene derecho a elegir salir temprano o entrar tarde. Sin embargo, he revisado la LFT, la LSS y la Constitución, y tengo una duda.
En la LFT dice, al final del artículo 170 sección IV, "[...] cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón, se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el periodo señalado".
En la LSS, en el artículo 94 sección III dice que tendrá derecho a elegir entre las 2 opciones, dos medias horas o el descanso de una hora.
A mi entender, en ningún momento señala específicamente que el descanso de una hora debe ser a la entrada o a la salida. Entonces, mi duda es: ¿Nosotros tenemos la posibilidad de darle opciones de horario, para no afectar el flujo de la empresa, o ella tiene derecho a elegir el horario que más le convenga?
De antemano, muchas gracias por su apoyo.
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AutorConsulta
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