Estado de Referencia: Veracruz
Hola Buen dia,
mi consulta es la siguiente:
Una persona que ha cambiado de denominacion social, es decir que cambio de nombre, debe otorgar nuevamente o en su caso ratificar, los poderes otorgados a sus representantes legales?
Por que entiendo que al cambiar la denominacion sigue teniendo los mismos derechos y obligaciones y que no se extingue la empresa lo unico que señala es que cambia de denominacion es correcto?, entonces los poderes que tenia con el antiguo nombre, que pasa con ellos?
es que estoy tramitando placas y me deciden en hacienda del estado que como ya cambió la empresa, necesito que la "nueva empresa" me haga un nuevo poder notarial, pero yo les comento que sigue siendo la misma que no se ha extinguido, y que los poderes tienen la misma validez legal, es correcto esto tambien?.
que puedo hacer en que fundamento me puedo basar.
Gracias. Saludos.