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EVITAR EMBARGO DEL IMSS

  • Consulta : 170564
  • Autor : gconsultoriaintegral_NR
  • Publicado : Sábado 22 de Septiembre de 2012 23:48 desde la IP: 201.141.232.214
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,129
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  • Autor
    Consulta

  • gconsultoriaintegral_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    HOLA QUE TAL: Ojalá me puedan asesorar acerca de cómo evitar un EMBARGO por parte del IMSS de un adeudo que ni siquiera es mío. Es decir, me dedico a la renta de DOMICILIOS FISCALES y es el caso que yo contaba con un cliente que lamentablemente me tocó moroso y con altos adeudos con el IMSS, por ello decidimos ya no brindarle el servicio, pero lamentablemente aún no ha realizado su cambio ante el IMSS por tal motivo ya se presentó un ejecutor de la dependencia argumentando que procederá al embargo de los bienes que se encuentren al interior del inmueble. Para empzar yo rento esa ubiación, así que no es mío el lugar, en sengunda yo no le debo al IMSS el adeudo no es mío, en tercera ya no tengo ninguna responsabilidad con mi excliente de recibir ninguna notificacion o correspondencia para  ellos, pero COMO DIALOGAR CON LOS EJECUTORES DEL IMSS para quitarmelos de encima, que debo argumentar correctamente para neutralizarlos en ésta y en futuras ocasiones. AHORA BIEN, DERIVADO DE ESTA ANGUSTIA ME SURGE LA DUDA DE SABER SI MI CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS que firmo con mis clientes me involucra en sus actividades. SERA POSIBLE QUE ADICIONAL A ESTA CONSULTA ALGUIEN PUEDA REVISAR CONTRATO??? GRACIAS. ESTOY A SUS ORDENES

     

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  • Autor
    Respuesta No: 286163

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ¿Cómo está eso de que renta domicilios fiscales? Si una persona física o moral señala un domicilio fiscal, ésto implica que en el mismo se encuentra toda la ducumentación fiscal, pero si además de ello para las autoridades fiscales autónomas no existe otro domicilio para requerirle sus obligaciones, es claro que en el domicilio fiscal se realizan todas los requerimientos, desde las notificaciones, hasta las visitas domiciliarias y embargos. Por lo que Usted está obligado a responder los requerimientos de todos sus clientes y en caso de embargo exhibir las facturas de todos los bienes muebles con que cuenta para poder oponer la tercería excluyente. Evidentemente su contrato de prestación de servcios profesionales está mal hacho, lo primero que debe exigir a sus clientes es su domicilio fiscal y en el último de los casos su despacho sólo sería un domicilio procesal única y exclusivamente para oír notificaciones. Piro si rentó su despacho como domicilio fiscal, está más que perdido.



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