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COBRO DE SEGURO DE VIDA

  • Consulta : 204868
  • Autor : juanjo_spike_NR
  • Publicado : Domingo 04 de Agosto de 2013 15:06 desde la IP: 187.193.222.51
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,125
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  • Autor
    Consulta

  • juanjo_spike_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes mi padre fallecio hace 3 meses nosotros somos su segunda familia y cuando el puso a los beneficiarios de su seguro de vida los menciono a ellos porque todavia no se casaba con mi mama y nosotros aun no naciamos yo tengo fisicamente el acta de divorcio de su anterior matrimonio y tambien la poliza del seguro.

    Que puedo hacer

     

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  • Autor
    Respuesta No: 323276

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, la designación de beneficiarios atribuye a los mismos el derecho del cobro del seguro, sin que ese dinero pase a formar parte de la masa hereditaria. Si no hay una nueva designación no se puede hacer nada. Si no hay una designación específica (Nombre determinado de los sujetos), puede intentarse el cobro, pero para saberlo necesitamos revisar la hoja de designación de beneficiarios. Cualquier duda o problema puedes consultarnos. PEGZSAV ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS



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