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HOLA A TODOS

  • Consulta : 128323
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Miércoles 19 de Octubre de 2011 23:45 desde la IP: 189.161.161.200
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,109
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Espera puedan ayudarme a definir, CUando procede las apelaciones que se tramitan conjuntamente a la sentencia?

    En si cual es la regla?

    Porque no entiendo cuando la apelacion es inmedianta y cuando no, se que el codigo senala algunas veces lo senala pero para las veces que el codigo sea omiso. Qiza me diga pues es de inmediante cuando el codigo no senale lo contrario, pero en si me gustaria saber el motivo teorico del porque es asi.

     

    Segun el codigo de procedimeintos civiles de jalisco

     

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