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CADUCIDAD DE PAGARE
- Consulta : 248387
- Autor : SSalazar
- Publicado : Martes 18 de Noviembre de 2014 18:09 desde la IP: 187.202.24.240
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 18 de Noviembre de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 370145
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Noviembre de 2014 01:25 2014-11-19 01:25 desde IP: 189.217.15.206
¿Qué fecha de vencimiento tiene el pagaré? si no tiene fecha de vencimiento éste es pagadero a la vista por lo que puede ejercer la acción ejecutiva mercantil sin mayor problema, pero además le informo que la acción ejecutiva mercantil no prescribe nunca, le es oponible la excepción de prescripción a los tres años de la fecha de vendimiento, pero todo Juez está obligado a admitir la demanda y dictar exequendo sin importa la fecha del título de crédito.
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