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EXPORTACIóN SERVICIOS EXTRANJERO COMO RIF

  • Consulta : 237635
  • Autor : jonyfloyd_NR
  • Publicado : Miércoles 30 de Julio de 2014 23:56 desde la IP: 201.170.69.212
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,111
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  • Autor
    Consulta

  • jonyfloyd_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Baja California

    Saludos,

    Tengo un cliente en Estados Unidos, al cual le presto servicios remotos de soporte técnico de sistemas de información.

    Según el artículo 29 de la Ley del IVA, puedo facturar con IVA tasa 0% cuando el servicio se preste en México y sea aprovechado totalmente en el extranjero, y además, el pago sea directamente por cheque o transferencia de una cuenta bancaria en el extranjero.

    Estoy registrado en el Regimen de Incorporación Fiscal.

    Es correcto entónces facturar a mi cliente con IVA tasa 0%?

    Mil gracias.

     

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