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¿JUBILACIóN O NO?

  • Consulta : 96323
  • Autor : alec.rodriguez_NR
  • Publicado : Sábado 01 de Enero de 2011 22:54 desde la IP: 187.146.180.174
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,129
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  • Autor
    Consulta

  • alec.rodriguez_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Colima

    Hola a todos. El caso por el cual solicito ayuda es para un amigo que labora en un hotel de Manzanillo; él inició a trabajar desde los 13 años de edad, pero hasta años más tarde fue asegurado en el I. M. S. S. (en 1981)

    Este año que inicia cumple los 30 años de trabajo, pero al parecer en su AFORE le manifestaron que debe trabajar hasta cumplir los 60 años de edad (en 11 años más).

    Yo no estoy de acuerdo con esos comentarios... por favor, indíquenme la situación por la que atraviesa y las instancias legales a las cuales recurrir en caso necesario.

    De antemano mil gracias. 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 202445

  • annisa09
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    hola buenas noches, te comento que la ley estipula 3 condicones, en ambas leyes sea 73 o 97 debe tener 60 años, en la primera 10 años minimos trabajados o en ley 97 25 años, y no tener un trabajo...

    si incurres a cualquier instancia te negaran la solicitud, ya que tu amigo seria el que no se apegara a la ley... otra cosa lo de la afore no es del trabajador es para financiar la pension por ley 73 sera para el imss por ley 97 a la aseguradora y solo podra recuperar lo de las subcuentas 92 sar e infonavit 92.. asi como retiro 97

     

    saludos



  • Autor
    Respuesta No: 363591

  • CUBAMARX1965
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    EL PASADO 16 DE DICIEMBRE DEL 2004 FUE DETENIDO UN PRIMO POR ACUSACION DE FRAUDE DE UN CHEQUE SIN FONDOS, SALIO BAJO FIANZA EL 07 ENERO DEL 2005, EN ENSENADA, BAJA CALIFORNIA SOLO ACUDIO A FIRMAR UNA VEZ, LA PREGUNTA ES ¿CUAL ES LA SITUACION LEGAL ACTUAL?

    SALUDOS, GRACIAS DE ANTEMANO



  • Autor
    Respuesta No: 363593

  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lo que le indican en la afore es correcto, se puede pensionar hasta los 60 años.

    Solo en algunos casos, cuando el Contrato Colectivo de Trabajo lo indica, los trabajadores pueden obtener una jubilación por sus patrones con una determinada cantidad de años trabajados, pero esto es solo para muy pocos afortunados, la mayoría de los trabajadores su única opción es una pensión por parte del IMSS a los 60 años.



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