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COMO ACREDITAR LA PROPIEDAD
- Consulta : 111682
- Autor : luismartin44_NR
- Publicado : Jueves 05 de Mayo de 2011 10:25 desde la IP: 201.138.82.102
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,128
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 05 de Mayo de 2011
Estado de Referencia: Jalisco
Que tal, estimado foro
Soy estudiante de derecho y he comenzado a ver algunos juicios sucesorios, y requiero de apoyo de un abogado con experiencia en la materia, tengo dos preguntas;
1) ¿Como puedo acreditar la propiedad del cujus de un inmueble del cual no tengo la escritura para acreditar la propiedad porque la misma se extravio y ya que es una escritura privada no hay manera de conseguirla en el archivo de instrumentos publicos, y el juez no acepta como medio de prueba para acreditar dicha propiedad un certificado catastral con antecedentes expedido por la oficina de impuestos inmobiliarios y catastro?
2)¿Cuando un titulo de propiedad (Escritura Pública) del cujus ampara mayor superficie a la existente fisicamente, porque el cujus realizó algunaventa en vida de una fracción y lo que se pretende inventariar es solo el resto, como le acredito al juez que ya no existe la superficie que ampara la escritura? cabe hacer mención no admite como medio de prueba una medición por perito en la materia, tampoco un certificado catastral con la superficie restante en la oficina de catastro?
Estas son mis preguntas espero y algun abogado con experiencia en materia me pueda ayudar, de antemano agradezco la atención a los que visitan este foro. Pueden enviarme un mail a "luismartin44">luismartin44. GRACIAS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 222133
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Mayo de 2011 14:05 2011-05-05 14:05 desde IP: 187.152.29.1
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Autor
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AutorRespuesta No: 222142
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Mayo de 2011 15:03 2011-05-05 15:03 desde IP: 201.138.82.102
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Autor
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AutorRespuesta No: 222181
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Fecha de respuesta: Jueves 05 de Mayo de 2011 20:18 2011-05-05 20:18 desde IP: 187.152.29.1
Si el contrato fué ratificado ante notario público, debe de existir antecedente en el protocolo de la notaría. Ahora bien, quiza aunque obtengas una copia certificada del mismo el Juez no te lo admita como propiedad, en mi opinión debes de regularizar la situacion legal de esos bienes antes de continuar con el Sucesorio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 222316
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Fecha de respuesta: Viernes 06 de Mayo de 2011 17:58 2011-05-06 17:58 desde IP: 201.138.52.233
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