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COMO ACELERAR EL ALBACEATO
- Consulta : 108098
- Autor : luis132_NR
- Publicado : Martes 05 de Abril de 2011 11:29 desde la IP: 189.228.227.46
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,126
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 05 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
mi nombre es luis, mis padres fallecieron, mi papa hace 5 años y mi mama hace 3, existe testamento solamente por parte de mi mama
soy el heredero universal y albacea de mi mama, somos 5 hermanos, uno de ellos intesta y en el juzgado aparece la copia que el juez solicita al archivo general de notarias, desde ese momento mis hermanos se comportan renuentes y no se presental al juzgado para entroncar la herencia
el mes de noviembre del año pasado presento el testamento original que me proporciono mi mama y hasta la fecha sigue sin pasar nada
existen bienes de los cuales los hermanos sacan beneficios economicos hechandoce el dinero a la bolsa y no le hacen frente a las deudas
el negocio se ha vuelto ingobernable por la falta del albcea. no le conviene economicamente presentrse al guzgado para seguir sacndole provecho a esta situacion, que debo hacer.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 290277
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Octubre de 2012 09:45 2012-10-30 09:45 desde IP: 189.196.143.110
Qué tal Sr. Luis,
En su dicho, si el testamento es público abierto y manifiesta expresamaente que usted es "Albacea", proteste su cargo como como tal, desconozco el motivo por el cuál no ha sido requerido para hacerlo, o fue requerido pero no garantizó la gestión de la sucesión.
De acuerdo al Artículo 427 de su LEY adjetiva para el estado que indica, debe aceptar o no el cargo conferido de tres días de conocer su designación, y deberá garantizar su manejo en términos del código civil, si usted no garantizó el manejo de la herencia dentro del plazo señalado será removido vía incidental, de tal suerte que se deberá nombrar interventor por el juez que conoce del asunto.
Verifique que secciones del proceso sucesorio están abiertas.
No debe haber mayor problema para su proceso, puesto a como platica el asunto, la voluntad del testador consta en escritura pública.
Saludos cordiales.
Artículo 4.27.- El albacea aceptará o no el cargo conferido dentro de tres días de conocer sudesignación, y garantizará su manejo en términos del Código Civil.Si no garantiza su manejo dentro del plazo señalado, se le removerá mediante incidente. -
Autor
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AutorRespuesta No: 290289
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Fecha de respuesta: Martes 30 de Octubre de 2012 12:59 2012-10-30 12:59 desde IP: 189.143.139.109
luis132_NR
Entiendo que usted y sus hermanos tramitaron el juicio sucesorio de su finada madre en la secuela procesal el Archivo General de Notarias informa que existe disposicion testamentaria en la cual usted es designado por la testadora como unico heredero y albacea, se remite la copia certificada del testamento al juzgado. Si ese es el estado que guarda el juicio sucesorio de su madre, se debe solicitar al juez se sirva señalar dia y hora para que tenga verificativo la audiencia en la cual se dara lectura al testamento en la cual el heredero designado acepte la herencia y en su caso tambien acepte el cargo de albacea para que posteriormente el juez declare LA VALIDEZ DEL TESTAMENTO, que dicho sea de paso, a esa audiencia de lectura del testamento tambien deben de acudir sus hermanos, para lo cual debe solicitarse se practiquen las notificaciones personales.
Asistase de abogado de su confianza para que este le de el debido impulso al juicio.
Por otra parte, tambien deben de tramitar la sucesion de su señor padre.
Saludos.
advocatus_NK
Pongase a estudiar para que deje de argumentar burradas.
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