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PROPIEDADES SIN ESCRITURAS
- Consulta : 201025
- Autor : efra_nba_NR
- Publicado : Martes 18 de Junio de 2013 14:45 desde la IP: 187.172.92.19
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,119
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 18 de Junio de 2013
Estado de Referencia: Nuevo León
Mi nombre es Efrain
Hace 11 días fallecio mi padre en el estado de México, desafortunadamente no realizo ningun testamente y los papeles de sus propiedades fueron ultrajados, el estaba casado con mi madre por la ley de bienes mancomunados por tal motivo tengo entendido que la mitad del valor de sus propiedades petenecen a mi madre. Pero como podemos proceder con la averiguacion de las propiedade con las que contaba mi padre para poder realizar el reclamo de dichos bienes ya que no contamos con ningun papel que nos avale que dichas propiedades estan a nombre de mi padre. Nota: Varias de sus propiedades eran terrenos ejidales utilizados para siembra.
1.-¿Hay alguna manera de poder realizar alguna consulta en el registro de propiedad de que parcelas o terrenos estaban a su nombre?
2.-¿Hay manera de checarlo por Internet?
3.-¿Hay manera de que en el registro de propiedad puedan decirme las propiedades con las que contaba mi padre, con tan solo dar su nombre de el?
4.-¿De nos ser posible como puedo realizar dicha consulta ya que no cuento con el numero de parcela, ni numero de cedula de las propiedades, ni la direccion de las misma ya que son terrenos ejidales?
5.-¿Hay manera de que dichas propiedades sean vendidas sin el concentimiento de mi familia (Esposa e Hijos)?
6.-¿De que manera puedo realizar la busqueda de propiedades que tenia mi padre para poder realizar un recalmo de herencia?
7.-¿Al fallecer mi padre dichas propiedades a nombre de quien pasan a ser?
8.-¿Se tiene que llevar algun juicio para realizar el reclamo de dichas propiedades?
Espero su pronta ayuda al respecto y espero no confundirlos, practicamente es el realizar el reclamo de propiedade de mi padre pero sin contar con papeleria (Escrituras, Registro catastral, planos de ubicacion de las propiedades etc...)
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 319081
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Fecha de respuesta: Martes 18 de Junio de 2013 14:50 2013-06-18 14:50 desde IP: 189.188.200.106
ijole amigo, primero, las tierras ejidales cuando fallece el ejidatario, si no deja lista de sucesion en el registro agrario nacional, sucede el 100% la conyuge o concubina. y si son prpiedades privadas toma los libros que hay en el registro publico de la propiedad y busca su nombre. saludos.
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