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EXPEDIENTES DE EJECUCION
- Consulta : 283910
- Autor : polo pedrin
- Publicado : Lunes 12 de Marzo de 2018 21:10 desde la IP: 207.246.118.31
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,100
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 12 de Marzo de 2018
cuando tiempo puede tardar en resolverse un beneficio de preliberacion hola les comento mi hermano lleva interno desde octubre del 2014 en la paz BCS purgando una pena de 5 años 100 el cual ha cumplido ya con todos los requisitos para obtener su preliberacion como son las constancias de estudio ,deporte, de trabajo y de buena conducta así como también las 3/5 partes de la condena, desde el mes de octubre se ha estado solicitando pero como fue cambiado de juzgado ya que por la nueva ley de ejecución está se lleva a cabo en CD México en los nuevos juzgados de ejecución su defensoravde oficio inicio el incidente el 17 enero del 2018 hasta la fecha de hoy no se ha obtenido ninguna resolution mi pregunta es es esto legal? y si sería procedente algún amparo por dilación o exceso les agradecería su respuesta y si existe algo que podamos hacer
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 397451
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Fecha de respuesta: Miércoles 14 de Marzo de 2018 12:25 2018-03-14 12:25 desde IP: 189.242.31.158
Mira, el que creas que cumples con todos los requisitos no te garantiza que tu hermano salga, ya que todo tendrá que ser valorado por el juez ejecutor de sentencias y si esta autoridad no está convencida que tu hermano se ha regenerado y siga siendo un peligro para la sociedad si lo libera, te negará el beneficio y tendrá tu hermano que compurgar su pena completa.
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Autor
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AutorRespuesta No: 397460
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2018 16:11 2018-03-15 16:11 desde IP: 207.246.118.31
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Autor
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AutorRespuesta No: 397464
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2018 23:05 2018-03-15 23:05 desde IP: 189.152.126.150
Consultante polo pedrin: El tiempo que señala es excesivo, por lo que le recomiendo que pregunte directamente con el Secretario de Acuerdo sobre el acuerdo de su promoción; asimismo revise si el numero de Juzgado y expediente que señalo en su escrito corresponden al de la causa, debido que este sea uno d los motivos. Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 397466
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2018 23:17 2018-03-15 23:17 desde IP: 189.217.121.166
Yo no soy penalista. Sin embargo por situaciones de la vida, fui asesor del Subsecretario de Gobierno del D.F., y por lo tanto sé y me consta que hay una diferencia importante entre procesados y sentenciados, y que una vez que recibe sentencia firme los procesados pasan a ser sentenciados y por consecuencia el Poder Judicial los delega el Poder Ejecutivo. En consecuencia las preliberaciones las conoce el Secretario de Gobierno y no un Juez. Es decir que su petición debe dirigirlas al titular del ejecutivo y no del judicial.
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AutorRespuesta No: 397467
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2018 23:27 2018-03-15 23:27 desde IP: 189.217.121.166
Y sigo aclarando que eso fue en mis tiempos, y que claro no soy penalista. También sé que la Ley evoluciona. Pero también considero que el foro es para aprender y espero comentario de los expertos en esta materia.
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AutorRespuesta No: 397469
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Fecha de respuesta: Jueves 15 de Marzo de 2018 23:48 2018-03-15 23:48 desde IP: 189.152.126.150
Lic. Ochoa, Donis, S.C., Le saludo cordialmente, en cuanto a su comentario relacionado a las preliberaciones están son conocidas y concedidas por el Juez de Ejecución de Sentencias, esto a partir de la reforma del 16 de junio del año 2011, por mandato de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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AutorRespuesta No: 397470
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Marzo de 2018 00:01 2018-03-16 00:01 desde IP: 189.217.121.166
Le agradezco. Aquí también se viene a aprender.
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AutorRespuesta No: 397472
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Marzo de 2018 00:05 2018-03-16 00:05 desde IP: 189.217.121.166
Por eso mejor me quedo en lo fiscal. Gracias al G:.A:.D:.U:.
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