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PROPIEDAD DE AUTOMóVIL
- Consulta : 239402
- Autor : juanarmendariz
- Publicado : Jueves 21 de Agosto de 2014 19:16 desde la IP: 189.162.82.144
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 21 de Agosto de 2014
Hace 3 años vendí un automóvil. Desde entonces nel nuevo dueño no ha realizado el cambio de propietario y me llegan requerimientos y multas de ese vehículo.
He hablado con el dueño y no quiere hacer el tràmite de cambio de propietario.
¿Existe alguna forma de denunciarlo para obligarlo a que lo haga? o alguna otra solución?
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 363545
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Agosto de 2014 23:42 2014-08-21 23:42 desde IP: 189.244.7.36
Primero debe hacer todos los pagos para que pueda hacer la baja precautoria de las placas, luego, procede hacer la demanda civil por el incumplimiento del contrato en la parte que estipula que el comprador se obliga a hacer el cambio de propietario procediendo a cobrar los adeudos que dejo de pagarlos y usted demanda dichos pagos que realizo mas gastos de juicio y honorarios de su Abogado...y asi....
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Autor
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AutorRespuesta No: 363575
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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Agosto de 2014 09:52 2014-08-22 09:52 desde IP: 189.211.135.22
Elizh80, con el debido respeto, en cuál de las cláusulas de contrato cuyo incumplimiento sugieres al consultante que demanda en la vía civil, se estipuló que el comprador se obligaba a hcer el cambio de propietario?
Evidentemente desconoces que, en los casos de compraventa de vehículos entre particulares, además de la tradición del automóvil se firma una carta responsiva en la que el comprador libera al vendedor de toda obligación a partir de esa fecha; sin embargo, es responsabilidad del vendedor acudir INMEDIATAMENTE a la Secretaría de Finanzas, Instituto de Control Vehicular o dependencia que corresponda, a dar de baja las placas del vehículo; si no lo hizo, entonces, para todos los efectos legales, él sigue siendo causante de los impuestos, multas, recargos y cualquier otro concepto que siga generando su omisión o descuido.
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Autor
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AutorRespuesta No: 363676
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Agosto de 2014 17:34 2014-08-23 17:34 desde IP: 187.140.9.106
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Autor
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AutorRespuesta No: 363681
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Agosto de 2014 18:08 2014-08-23 18:08 desde IP: 189.211.135.22
Comete el delito de robo, ya que si el vehículo lo vendió sin quitarle las placas, entonces también se las transmitió al comprador, aunque sea ilícito vender esas láminas.
Porqué razón las personas, antes de llevar a caboun acto jurídico, como lo es la compraventa de un automóvil, no se informan con un abogado sobre las consecuencias legales y la forma correcta de hacerlo, y acuden a pedir asesoría hasta que tienen el problema encima?
Piense usted que, encontrándose el automóvil a su nombre ante el Instituo de control vehicular o secretaría de finanzas, si éste participa en un accidente vial, usted es responsable como propietaria, y no tiene forma de demostrar que efectivamente lo vendió.
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