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JORNAS DE TRABAJO
- Consulta : 245033
- Autor : concho_torres_NR
- Publicado : Martes 14 de Octubre de 2014 20:24 desde la IP: 189.193.119.77
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 14 de Octubre de 2014
Estado de Referencia: Puebla
HOLA
En mi empresa implementaron el cuarto turno y nos quieren imponer descansos entre semana y que nunca descansemos los domingos esta dentro de la ley de el trabajo esas jornadas los descansos serian primer turno sabado,segundo turno miercoles y jueves,tercer turno lunes,cuarto turno martes y viernes
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 368015
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Fecha de respuesta: Martes 14 de Octubre de 2014 20:37 2014-10-14 20:37 desde IP: 189.243.186.147
SI TRABAJA LOS DIAS DOMINGO DEBEN PAGARLE UNA PRIMA DOMINICAL ADICIONAL AL SUELDO QUE PERCIBE EN ESE DIA, DICHA PRIMA ESTA CONTEMPLADA POR EL CODIGO OBRERO EN EL ART. Artículo 71.- En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el
domingo.Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de unveinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo. -
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