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INCAPACIDAD EN VACACIONES

  • Consulta : 266281
  • Autor : tanya sd
  • Publicado : Miércoles 20 de Mayo de 2015 14:29 desde la IP: 177.238.252.62
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,115
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  • Autor
    Consulta

  • tanya sd
    USUARIO REGISTRADO

    Acabo de entrar en Recursos Humanos y hay un empleado que me dice que en Noviembre del 2014 le tocaron sus vacaciones, durante este periodo se enfermo y le dieron una incapacidad, esa incapacidad empezo el 24 de Noviembre, a ella le tocaba volver de vacaciones y presentarse a trabajar el 29 de Noviembre, asi que ella llego el 29 con su incapacidad y se siguio tomando los dias que le quedaban de incapacidad, ahora ella dice que quiere esos dias que se enfermo y estaba en periodo de vacaciones, del día 24 al 28, tiene derecho a ellos?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 380117

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenas tardes, mira la incapacidad debe quedar sin efecto porque ella se encontraba en su periodo vacacional, y esto es abuso y de alguna manera puede convertirse en un despido justificado cualquier duda me encuentro a tus ordenes en el distrito federal en los telef. 36198407 y 5547569824 Monica Delagado



  • Autor
    Respuesta No: 380141

  • Juliomt35
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    La incapacidad No puede quedar sin efectos es un documento que otorga el IMSS, esta fundamentada en la LIMSS

    cuando capturas la Incapacidad en el SUA dejas de pagar las cuotas IMSS por ese periodo ,

    Una Baja en el perido de incapacidad para el IMSS no procede,

    el problema es que salio de Vacaciones De los cuales se supone segun tu redacion

    que salio el 22 (sabado) de vacaciones  (si es el primer año con prestaciones de Minimas de ley

    6 dias de vacaciones regresaba el sabado 29 de noviembre

    en su periodo de vacaciones tiene una incapacidad por enfermedad general de la cual ella va a cobrar (no fue en la empresa)

    entonces tenemos que 

    le pagaste 6 dias de vacaciones 

    mas la prima vacacional 25 %

    En su perido de vacaciones va a cobrar el subsidio del 60 % por ser Incapacidad por enfermedad general (no fue Riesgo de trabajo)

    En mi opinion yo consideraria que la empresa ya le otorgo su periodo vacacional y le pago

    su accidente fue en actividades que no realizaba en la empresa por lo que yo no le daria nuevamente su periodo vacacional

     

    Peros si decides reponerles ese periodo vacacional por ser buen empleado lo puedes hacer por que esta beneficiando al trabajador lo que en mi punto de vista seria sin goce de salario  ya que anteriormente ya le pagaste lso dias de vacaciones.. y se supone que firman antes un comprobante del periodo que toman de vacaciones y firma su cheque si es que tienen buen control interno..





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