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UNION LIBRE
- Consulta : 209958
- Autor : freddy.espinosa1970_NR
- Publicado : Miércoles 02 de Octubre de 2013 22:56 desde la IP: 187.150.85.157
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,117
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 02 de Octubre de 2013
Estado de Referencia: Campeche
Vivo en union libre con mi mujer por 2 años y hace 6 meses nacio nuestro bebe. Hemos tenido problemas y decidimos separarnos. Quisiera saber que obligaciones tengo. Durante el tiempo que vivimos sin problemas compramos una camioneta que se facturo a nombre de ella y yo saque un credito hipotecario por medio del banco. Ella tiene un buen empleo y yo tambien trabajo. Que obligaciones tengo en el proceso de separacion que tenemos y que derechos. GRACIAS -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 327689
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Octubre de 2013 23:27 2013-10-02 23:27 desde IP: 187.186.51.168
Hola buena noche, estimada Freddy,
La obligación emergente es sólo con tu hijo, y no con tu ex pareja; es decir tu obligación es alimentaria con respecto del hijo que tienes con tu ex pareja, por lo que te recomiendo que platiques abiertamente con tu ex pareja para determinar la cantidad que por concepto de alimentos te obligaras, así como los gastos que serán a tu cargo. Hasta que tu hijo cumpla 18 años, o en su caso siga estudiando hasta la obtención de su título universitario, te recomiendo por cada cantidad que le otorgues a tu ex pareja se especifique que es por CONCEPTO DE ALIMENTOS PARA TU HIJO, para que de esta manera prevengas problemas en un futuro.
Espero mi opinión les ayude a tomar una mejor decisión atentamente Abogado especialista en derecho Civil y Mercantil. Te invito a seguirme en twitter en AbogadoCsar asi como en Facebook en: "https://facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1">https://facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1
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Autor
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AutorRespuesta No: 327690
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Octubre de 2013 23:30 2013-10-02 23:30 desde IP: 187.186.51.168
Hola buena noche, estimada Freddy,
La obligación emergente es sólo con tu hijo, y no con tu ex pareja; es decir tu obligación es alimentaria con respecto del hijo que tienes con tu ex pareja, por lo que te recomiendo que platiques abiertamente con tu ex pareja para determinar la cantidad que por concepto de alimentos te obligaras, así como los gastos que serán a tu cargo. Hasta que tu hijo cumpla 18 años, o en su caso siga estudiando hasta la obtención de su título universitario, te recomiendo por cada cantidad que le otorgues a tu ex pareja se especifique que es por CONCEPTO DE ALIMENTOS PARA TU HIJO, para que de esta manera prevengas problemas en un futuro.
Espero mi opinión les ayude a tomar una mejor decisión atentamente Abogado especialista en derecho Civil y Mercantil. Te invito a seguirme en twitter en AbogadoCsar asi como en Facebook en: "https://facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1">https://facebook/abogado.cesar.ramirez.cabrera.1
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Autor
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AutorRespuesta No: 327713
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Octubre de 2013 10:29 2013-10-03 10:29 desde IP: 187.208.48.249
cuando estas en concubinato al momento de la separacion es como si estuieras casado por bienes separados o sea cada quien se queda con lo q este a su nombre y punto en tu caso la señora trabaja por lo tanto no tiene derecho a recibir pension alimenticia pero tu hijo si al respecto de manera general los jueces aplican un porcentaje a la pension alimenticia cuando es uno el acreedor alimentario por lo general dictan un 10 o 15% o hasta un 20% dependiendo en caso de quien proporciona alimentos no gana lo suficiente entonces el juez dicta por lo menos un salario minimo para q sea otorgado por concepto de pension alimenticia, le convendria hacer un convenio ante el juzgado para evitar problemas futuros por ese concepto.
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