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RECONOCIMIENTO DE ANTIGUEDAD

  • Consulta : 209702
  • Autor : guillermovazquez_cruz_NR
  • Publicado : Lunes 30 de Septiembre de 2013 19:04 desde la IP: 200.23.91.152
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,108
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  • Autor
    Consulta

  • guillermovazquez_cruz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    En el año de 1996, el 30 de junio para ser mas exactos, me rescindieron mi contrato bajo al amparo de la clausula 47 de la ley federal del trabajo, por lo que recurri a la demanda; en la que por error solicite la liquidación, la cual gane y procedio a partir del 23 de noviembre de 2003; el laudo sentenció a la empresa a pagar la prima de antiguedad a partir de enero de 1981 a la fecha de termino del juicio, la indemnización Constitucional y los alcances que dicte la Ley Federal del Trabajo.

    El Patrón pagó unicamente sueldos caídos por todo el tiempo que duro el juicio y lo correspondiente a la proporcion de aguinaldo y fondo de ahorro; posteriormente; en enero de 2006, reingrese a laborar a la misma empresa, con nuevo número de indentidad laboral, es decir una nueva relación laboral.

    Mi duda consiste en el entendido de que volví a trabajar para el mismo Patrón y Yo no cobre ninguna cantidad dedinero por la indemnización y por la prima de antiguedad, por lo que sí se supone que los derechos son irrenunciables y Yo no recibi cantidad alguna por dichos conceptos, ¿Estoy en mi derecho al reclamar el reconocimineto de antiguedad general de empresa, en el estricto sentido de aplicarlo para efectos de jubilación?

    Les agradezco su atención y Quedo a sus órdenes.

    Guillermo Vázquez

     

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