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CARTERA VENCIDA C&A
- Consulta : 272678
- Autor : melanie4055_NR
- Publicado : Viernes 24 de Julio de 2015 11:23 desde la IP: 66.249.80.96
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,112
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 24 de Julio de 2015
Estado de Referencia: Tamaulipas
Hola buenos dias, hace unos dias me llego un escrito de parte de c&a diciendome q mi deuda ya paso a ser cartera vencida. Yo tengo un adeudo con ellos de 18mil pesos, ya con los intereses generados y los gastos de cobranza. Me dicen q mi deuda ya paso a ser propiedad de un despacho y q quieren q les pague la cantidad en una sola exhibicion (por motivos de fuerza mayor no la tengo, y he abonado a la tienda pero parece q no han sidos tomados en cuenta)y tambien dicen q estan autorizados para llevar patrullas y q pueden forzar cerraduras y embargar con bienes q sean hasta 3 veces mayores a la deuda, la casa no es mia, es de mis papas y la verdad ellos se preocupan bastante porque es un sin fin de llamadas groseras exigiendo les pague, y me llegan papeles asi intimidantes y ellos ya no quieren negociar la deuda para pagarles de una forma en la que yo pueda. Espero me puedan orietar gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 383426
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Julio de 2015 11:26 2015-07-24 11:26 desde IP: 201.153.57.194
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AutorRespuesta No: 383427
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Julio de 2015 11:46 2015-07-24 11:46 desde IP: 189.234.174.32
comienza a consignar la deuda en un juzgado a nombre de la casa comercial... hasta que no te digan por medio de un actuario quien es el dueño... de tus documentos...
INICIA UN REGIMEN de pagos judiciales en abonos… no menor a $1000 pesos semanales en un juzgado... DEPOSITA TU... si llegan a embargarte... debe ser por medio de un abogado acompañado de UN ACTUARIO del juzgado... al que le mostraras los originales de los pagos que estas haciendo y le darás copia de esos recibos para que los anexe al expediente... deberás INMEDIATAMENTE dar contestación a la demanda por medio de un abogado especialista en derecho mercantil.. que señale que ya estas haciendo los pagos parciales para ser tomados en cuenta... NO LE PAGUES A, LOS ABOGADOS... haz pago judicial... te van a decir que saques el dinero y que se los entregues... SI ELLOS SON LOS ABOGADOS DE ... pueden sacar el dinero con el poder notarial que la empresa otorga... siempre que estén autorizados en el mismo para ello.... NO DEJES DE PAGAR... la constancia y la sentencia del juez te darán el triunfo.... pero que dejen de pegarte papeles de deudor... eso ni pagando.... suerte y saludos a los colegas participantes...
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