Estado de Referencia: Jalisco
le comento:
vivo actualmente en un coto conformado por 7 casas y queremos adquirir un brazo electrico para abrir y cerrar la cochera, 4 de los propietarios estamos de acuerdo, pero hay 2 casas que son manejadas para su renta por una inmobiliaria.
se negaron a aportar el dinero y al decirles que se les negara el servicio, refirieron la ley de propiedades en condominio del estado de Jalisco - vivimos en Zapopan, Jalisco - diciendo que no hubo asamblea y no se que tanto. segun entendi - si no, corrijame por favor - la junta de condominos debe instituirse y no existe en automatico. me puede asesorar al respecto en los siguientes puntos:
1.- si no esta constituida una sociedad de condominio, como deben tomarse las decisiones concernientes a esto?
2.- si existen 7 propiedades, de las cuales, los propietarios de 4 ya entraron en concenso para la toma de esta decision, hay algun impedimento legal para llevarla a cabo??
3.- es legal o esta reglamentado el que querramos negar el servicio a las propiedades que omitieron la cooperacion?? - en el entendido de que existe un segundo acceso que permaneceria sin automatizacion, por lo cual pueden llegar a sus casas sin problema -
le agradezco de antemano
PABLO ONTIVEROS
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