Estado de Referencia: Distrito Federal
hola, buenas noches, me podrian ayudar con una duda que tengo con respecto al articulo 48 de la ley agraria en mexico:
Hace aproximadamente 22 años, ejidatarios de Iztapalapa d.f iniciaron el resguardo de un predio que el infonavit quiso
adjudicarse mediante "papeles inexistentes" de compraventa con un particular sobre dicho predio.
obviamente no se pudo comprobar que el infonavit era legitimo dueño ya que dichas tierras son ejidales, mi pregunta
es: el articulo 48 de la ley agraria nos ampara?, ya que somo ejidatarios, tenemos numero ejidal en el registro agrario nacional,
pagamos impuestos (predial, agua, etc)?