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PRIMA DOMINICAL
- Consulta : 237348
- Autor : viocab_NR
- Publicado : Lunes 28 de Julio de 2014 18:04 desde la IP: 189.191.34.62
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,118
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 28 de Julio de 2014
Estado de Referencia: Estado de México
Estimado Lic. Quisiera me ayudara para saber si tengo derecho a pedir el pago de doble prima dominical. Mi caso es trabaje un domingo de 14:00 a 22:00 hrs. y mi companera tuvo un problema y me pidio la cubriera en su horario de 22:00 a 6:00 hrs. el mismo domingo, lo cual fue autorizado por el encargado, pero me dicen que a pesar de trabajar doble turno no me pagan doble prima dominical. Mi descanso de esa semana fue en sabado y quisiera saber si esto es correcto. De antemano agradezco su ayuda.Saludos. -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 361532
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Julio de 2014 21:26 2014-07-28 21:26 desde IP: 189.211.135.22
El patrpin debe pagarle la prima dominical de su jornada normal de labores, y 2 horas de la jornada que en que cubrió a su compañera, ya que de ésta, solamente laboró de las 22:00 a las 24:00 horas, a partir de las 0:00 horas ya no es domingo, sino lunes,porque respecto de esas hors no se paga ninguna jornada dominical.
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