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EMBARGO A TERCERO EXTRAñO A JUICIO

  • Consulta : 128803
  • Autor : allan_joseph_ma_NR
  • Publicado : Martes 25 de Octubre de 2011 18:04 desde la IP: 187.161.34.173
  • Tipo de Usuario :
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  • allan_joseph_ma_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    compre una propiedad a jose, jose tenia problemas legales con un trabajador suyo los cuales yo  no sabia, al momento de firmar la compraventa ante el respectivo notario se entregan los respectivos certificados de libertad de gravamen de la mencionada propiedad al fedatario publico y este a su vez no giro los respectivos avisos preventivos al registro publico con la finalidad de que ya no se gravara dicha propiedad en virtud de que ya se habia celebrado la compraventa ante el notario. todo esto ocurrio el dia 3 de marzo del año en curso cuando se formalizo ante el notario la mencionada compraventa y el dia 4 de marzo del mismo año recae un embargo a la citada propiedad a favor de juan perez trabajador de jose quien me vendio la propiedad, el embargo es derivado de un juicio laboral en el cual el trabajador gano el laudo y embargo dicha propiedad, pero es de mencionarse que al momento en que se inscribio el embargo el dia 4 de marzo es de recordar que la propiedad ya no era de jose si no mia debido a que el contrato de compraventa se firmo ante notario el dia 3 de marzo, pero erroneamente el fedatario publico no envio los oficios preventivos para avisar al registro publico que en la mencionada notarioa se habia celebrado tal contrato, y es asi que en fecha 1 de abril al acudir a la notaria el notario me refiere que la propiedad se encontraba gravada y como ya se habia celebrado la compraventa pues el gravamen paso a mi escritura. cabe mencionar que al notario al momento de la firma de compraventa se le entrego un certificado de libertad de gravamen, en este punto creo que el notario fue quein tuvo el error de no enviar el mencionado aviso preventivo a registro publico y posiblemente le pueda recaer una responsabilidad.

    ahora bien en 4 de junio promovi un amparo idirecto en contra del embargo que recayo en mi propiedad como tercero extraño a juicio pero desgraciadamente hubo un error y se sobreseyo por no mencionar correctamente a la responsable siendo el actuario y no la junta de conciliacion y es de hacer mencion que en dicho amparo mencione que no me habia dado cuenta de tal embargo si no hata que por x razon en registro publico al momento de pedir mi escitura me di cuenta. tambien es de mencionarse que al juicio principal laboral jamas acudi como tercero extraño ni si quiera me notificaron nada mi el embargo esto creo por que al momento de realizar el embargo todavia aparecia en la escritura jose como dueño pero la celebracion del contrato yo ya era dueña.

     

    paso el tiempo y y despues promovi un segundo amparo indirecto  esto en virtud a que en el juicio principal laboral se llevo a cabo la adjudicacion del inmueble al trabajador, y en este segundo amparo en el acto reclamado mencione que me quejaba de la adjudicacion y que tambien me acababa de dar cuenta, mencionando que el acto reclamado era diferente al primer amparo donde el acto reclamado era el embargo y en el segundo era la adjudicacion y asi mismo el juez de distrito me sobreseyo el juicio en virtud de manifestarme que ya habia un juicio de amparo y no podia resolver este segundo. ( aqui no me pude ir a la revision pero por x razonno  la tramite  pero creo que hubiera ganado el criterio del juez de distrito esto por ser un acto reclamado totalmente diferente al primero que es el de embargo y el segundo que es el de adjudicacion.

    es asi que no se que hacer puesto que el trabajador no ha realizado formalmente la escrituracion ante el notario de la mencionada propiedad no se si por temor o por cuestiones economicas. pero aqui va lo mas interesante.

    soy casada bajo el regimen de sociedad conyugal y los amparos solamente los promovi en mi nombre.

    ¿ creen que mi esposo pueda promover un amparo indirecto en el juicio principal laboral mencionando que nunca fue llamado a juicio y por ende regresar el juicio a su etapa de embargo y una vez hecho lo anterior promover la respectiva terceria en el juicio principal laboral.? es de mencionarse que ya existe un laudo.

    o creen que puedo promover un juicio civil sobre nulidad de embargo.

    o una nulidad de juicio concluido.

    estoy muy desesperada debido a que el vendedor de nombre jose no me da la cara y aparte no tiene bienes que le embarguen en caso que yo le demandara creo que la eviccion.

    o creeen que puedo hacer algo en contra del notario 

     

    muchas gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 243126

  • tuasesorlegal.mty
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    OLVIDESE de amparos, ya se le paso el termino, debe demandar la nulidad del embargo por transmision de la propiedad, directamente al trabajador y al R. publico de la propiedad

    Quedo a sus ordenes:

    L.C.J. JESUS GERARDO APOLINAR CONSTANTE
    PROYECCION EMPRESARIAL ABOGADOS
    proyeccionempresarialabogados
    JUAN IGNACIO RAMON OTE. 506 D.-516
    CENTRO MONTERREY N.L. c.p. 64000
    Nextel 14760492 id 52*155340*1
    Cel (044)8112783224



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