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JORNADA ADELANTADA

  • Consulta : 189475
  • Autor : Arkori
  • Publicado : Jueves 07 de Marzo de 2013 08:53 desde la IP: 187.202.70.204
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,104
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  • Autor
    Consulta

  • Arkori
    USUARIO REGISTRADO

    Que tal a todos esta es la consulta:

    Por necesidades de producción, necesitamos adelantar el trabajo por lo que el día Lunes necesitamos  laborar de la siguiente manera el personal entrará a las 8 y saldrá a las 16:00 hrs (8hrs) esto es de forma normal, sin embargo necesitamos que regrese a trabajar de 18:00 hrs a 01:00 hrs (7 hrs).

    Dandoles descanso el dia martes.

    1.-  El turno de las 18:00 hrs a 01:00 se considera normal para pago o se debera de considerar como tiempo extra?

    2.- Existe algun concepto legal que me obligue a darles determinado numero de horas de descanso?

    3.- Se podra tomar en sustitucion de la jornada del dia Martes que no laboraran?

     Gracias

     

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