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SEPARACION VOLUNTARIA
- Consulta : 176931
- Autor : nr_NR
- Publicado : Viernes 16 de Noviembre de 2012 09:42 desde la IP: 187.207.130.54
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,106
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 16 de Noviembre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 292158
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Noviembre de 2012 11:14 2012-11-16 11:14 desde IP: 189.225.42.221
En caso de renuncia voluntaria, el patrón solo está obligado a darte las prestaciones proporcionales del año como aguinaldo y vacaciones en caso de que no te las hayan pagado ya.
Si tuvieras 15 años como mínimo también procedería el pago de prima de antigüedad.
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Autor
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AutorRespuesta No: 292171
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Fecha de respuesta: Viernes 16 de Noviembre de 2012 12:34 2012-11-16 12:34 desde IP: 189.149.138.92
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