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COMO PUEDO DEFINIR EN FORMA EFICIENTE EL FUNDAMENTO LEGAL DE MIS DEMANDAS EN CUANTO AL APARTADO DE FONDO Y PROCEDIMIENTO
- Consulta : 151075
- Autor : lLIC. SAMARA
- Publicado : Martes 15 de Mayo de 2012 13:24 desde la IP: 189.172.1.38
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,120
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 15 de Mayo de 2012
SOY ABOGADA RECIEN EGRESADA SIN EMBARGO SI ME CUESTA MUCHO TRABAJO DEFINIR EL FUNDAMENTO LEGAL EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO Y EL FONDO DE LOS ASUNTOS
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 266521
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Fecha de respuesta: Martes 15 de Mayo de 2012 20:24 2012-05-15 20:24 desde IP: 187.148.22.60
coleguita... a ver si te sirve...
lo sustantivo...lo ve la ley sustantiva... el codigo civil...
lo adjetivo ...lo ve el codigo adjetivo o foral... el codigo procesal civil...
“ACCION.- PROCEDE AUNQUE NO SE EXPRESE SU NOMBRE.- El artículo 2do. Del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal establece que la acción procede en juicio aunque no se exprese su nombre; por su parte, el artículo 255, fracción VI, del mismo ordenamiento legal constriñe al actor a que “procure” citar los preceptos legales o principios jurídicos aplicables a la acción que intente, pero no lo obliga a mencionarlos; en tal virtud, no es indispensable que el actor invoque las disposiciones legales que sustenten su acción para darle curso, porque tal requisito no se halla previsto en esos términos en el ordenamiento procedimental civil local. En efecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal acoge el principio de que los litigantes sólo estan obligados a exponer y probar los hechos en que apoyen sus pretensiones, o bien, sus excepciones y defensas, y al juez corresponde aplicar el derecho.” No. De Registro: 184,550.- Jurisprudencia, Novena Época, Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo: XVII, abril de 2003, Tésis: I.8º.C. J/16, Página: 881, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.
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Autor
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AutorRespuesta No: 266619
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Mayo de 2012 16:14 2012-05-16 16:14 desde IP: 187.148.22.60
ni las gracias?.... coleguita?... si fuiste a la escuela?... que modales!!!
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Autor
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AutorRespuesta No: 266629
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Fecha de respuesta: Miércoles 16 de Mayo de 2012 16:31 2012-05-16 16:31 desde IP: 187.148.22.60
me comentan que no fui claro...
lo sustantivo es el fondo del asunto... la acción pretendida...
lo adjetivo... es el procedimiento... la via y la forma de proponer y desahogar los medios de prueba...
es imposible confundir una cosa con la otra... porque hasta estan separados por codigos distintos...
soy todo tuyo coleguita...
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Autor
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AutorRespuesta No: 266757
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Mayo de 2012 16:03 2012-05-17 16:03 desde IP: 187.148.22.60
mil gracias por tu atención...coleguita... mil gracias...
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Autor
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AutorRespuesta No: 268062
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Mayo de 2012 13:10 2012-05-24 13:10 desde IP: 187.194.40.53
jajaja...
Otra que se fugo de alguna escuela patito, pero que ya tiene su titulo enmarcado.
Por ahi me paso, que ya tenian el titulo enmarcado y lo llevaron al juzgado, porque no sabian que tenian que sacar la cedula profesional, hay cada oso en esta vida juridica.
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