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DESCUENTOS INJUSTIFICADOS

  • Consulta : 207395
  • Autor : Tenaj Rocio
  • Publicado : Martes 03 de Septiembre de 2013 10:29 desde la IP: 187.153.26.50
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,116
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  • Autor
    Consulta

  • Tenaj Rocio
    USUARIO REGISTRADO

    Hola!! Buenos dias!!

    En la empresa donde laboro, a la gte admon se le perdieron 4 blusas de uniformes, ella decidio que me los descuenten ami, la razon es por que somos las unicas de la agencia que tenemos la misma medida y como ella asegura que no los tomo ella,se le hizo facil aplicar el descuento directo de mi nomina  por concepto de uniforme, sin tener pruebas de que me lleve los uniformes y menos de que le tenga firmado un recibo donde diga que acepto que me descuente los uniformes, por otro lado,al principio dijo que era un uniforme y ahora resulta que son 4!!

    El dia de ayer acudi a conciliacion, el cual me dijeron que es causal el descuento injustificado para pedir que me liquiden como si ellos me dieran de baja!!!

    Ya me descontaron 3 uniformes, tengo mis recibos en cual escribi que no acepto que me descuenten algo que se le extravio a la gte admon!

    Hable con Recursos Humanos del corporativo el cual confirma que la gte. admon debio de resguardar los uniformes y es responsabilidad de ella si se le pierden!!

    Es correcto el procedimiento que hice?! la cita es para el 18 de sep !!

    Graciass!!

     

     

     

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  • Autor
    Respuesta No: 325027

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    So bien es cierto, el procedimiento ante la Procuraduría de la Fedensa del Trabajo para que se celebre una audiencia de conciliación administrativa, en la que usted exponga su inconformidad por los descuentos indebidos que le fueron hechos, es correcto, es errónea la afirmación que dichos descuentos constituyen una causal por la que usted pueda dar por rescindida la relación laboral sin su responsabilidad, puesto que esa causa no se encuentra dentro de las comprendidas en el artículo 51, de la Ley Federal del Trabajo; lo que debe hacer la Procuraduría, en caso que la empresa se niegue a reintgrarle los descuentos que se le hicieron, es asignarle un abogado de oficio para que presente la demanda correspondiente, ejercitando solamente la acción de devolución de las cantidades descontadas injustificadamente,



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