Estado de Referencia: Aguascalientes
Hola, Buenas Trades.
En el año de 1978 mi padre, ejidatario en el ejido de Villa Juarez, S.L.P., dono un terreno para que se construyera una capilla en ese terreno, lo cual no se llevo a cabo, la capilla se hizo a unos 500 metros de dicho terreno. El muere en el año de 2001, yo solicite un juicio sucesorio ante el Tribunal Unitario Agrario solicitando se nos repartiera en partes iguales a los 5 hermanos. Eso quedo asi. Se repartio entre los 5 hermanos. Pero en este mes de Marzo de 2012, aparecen los miembros actuales de la capilla, solicitando les entregue el terreno que mi papa les habia donado en el año de 1978. Por este conducto les solicite me ayuden , me asesoren o me orienten sobre la prescripcion de dicha donacion.
Por su atencion, Gracias.