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EL DUEñO DONDE VIVO MURIó Y EL ADMINISTRADOR NOS SIGUE COBRANDO RENTA
- Consulta : 202267
- Autor : olimacu_NR
- Publicado : Martes 02 de Julio de 2013 12:10 desde la IP: 200.52.255.199
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,102
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 02 de Julio de 2013
Estado de Referencia: Distrito Federal
Buen dia: "Urgente" Donde vivo rento el departamento, el dueño murió hace 5 años y el administrador nos sigue cobrando renta y renovando el contrato cada año, a dos inquilinos nos dijo de palabra que ahora que se venzan nuestros contratos para fin de este mes ya no los va a renovar, porque se van a venir a vivir aquí unos familiares de él, esto es legal, qué podemos hacer ya que no es fácil para nosotros cambiarnos pues tenemos a los hijos en escuelas cercanas a la zona donde vivimos, no hemos fallado en la renta, gracias. Olimacu
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 320245
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Julio de 2013 18:27 2013-07-03 18:27 desde IP: 201.141.45.49
Claro que es legal , una vez terminando la vigencia del contrato. El arrendador no tiene obligación alguna de volverselo a rentar. Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 320247
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Julio de 2013 19:21 2013-07-03 19:21 desde IP: 187.171.66.101
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Autor
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AutorRespuesta No: 320254
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Julio de 2013 19:51 2013-07-03 19:51 desde IP: 187.232.10.135
buenas tardes lei su consulta si lamentablemente si el arrendador puede solicitarle la vivienda pero si usted no se quiere salir el tendra que vencerlo en juicio, pero la ley tambien da otras alternativas si es que le interesa el bien inmueble cualquier duda o aclaracion estoy a sus ordenes en los telef. 55829411 o 36198407 monica delgado en la ciudad de mexico distrito federal
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Autor
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AutorRespuesta No: 320262
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Julio de 2013 21:02 2013-07-03 21:02 desde IP: 201.141.243.170
olimacu_NR
El aviso de terminacion del arrendamiento debe tramitarlo el administrador a traves de un juzgado de lo civil, por medio de la tramitacion de diligencias de jurisdiccion voluntaria, en la cual manifestara que no es su voluntad continuar con el arrendamiento, para la desocupacion tratandose de un inmueble destinado para casa habitacion seran 30 dias.
Asi las cosas en lo que se tramita en el juzgado el aviso de terminacion del arrendamiento y los 30 dias que les concedan para desocupar el inmueble contaran con unos dos meses quizas tres para buscar otro inmueble, aunado a que ya estan proximas las vacaciones de los menores hijos, tienen tiempo suficiente para buscar tanto otro inmueble como otra escuela donde inscribirlos.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 320268
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Julio de 2013 21:16 2013-07-03 21:16 desde IP: 201.141.243.170
Tienen ustedes obligacion de pagar la renta hasta el dia en que desocupen, en caso de que el administrador se niegue a recibirles la renta deben contratar un abogado para consignar la renta mediante un billete de deposito.
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Autor
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AutorRespuesta No: 320279
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Julio de 2013 23:39 2013-07-03 23:39 desde IP: 187.201.159.127
CONSULTANTE olimacu_NR,
Presente:
Reciba un cordial saludo de mi parte, y en relación a sus "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=154812&forod=0">preguntas jurídicas, le comento lo siguiente:
Le diré Consultante que lo que debe hacer jurídicamente en su caso es acudir inmediatamente al Banco del Ahorro Nacional S.N.C., o a las oficinas que dicho banco tiene en el edificio de los juzgados del Distrito Federal, y adquiera un billete de depósito por cada mes de renta que deba usted pagar, ya con el o los billetes, acuda a las oficinas de la Dirección de Consignaciones Civiles del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, ubicadas en la calle de Sullivan esquina Jorge Negrete, y allí le proporcionarán unos formatos o "machotes" que debe llenar con los datos que le piden, pero en el espacio correspondiente al nombre del arrendador, escriba el nombre de él y a continuación la leyenda "y/o quien mejor derecho acredite tener", si es espacio es insuficiente, lleve el formato a un escritorio público donde le harán el escrito copiando el formato e intercalando los datos requeridos, escrito que usted deberá presentar en las mismas oficinas de Consignaciones, y con ello usted quedará salvada de cualquier responsabilidad que le pudieran imp-u-tar, por parte de su Arrendador por supuesto incumplimiento en el pago de sus pensiones rentísticas, entiende; saludos.
Por lo que le aconsejo que se asesore cuanto antes de un abogado que sea experto en MATERIA CIVIL, de esta forma tendrá garantizado el éxito de su asunto, y si no cuenta con los recursos económicos para pagar los honorarios de un abogado particular, PUEDE RECURRIR A LOS SERVICIOS JURÍDICOS PROFESIONALES Y GRATUITOS DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS DE SU LOCALIDAD, espero que esta información le sea de utilidad en su caso, y que en breve lo resuelva favorablemente.
Sin otro particular por el momento, quedo de Usted como su más atento y seguro Servidor, para cualquier aclaración o información adicional.
ATENTAMENTE
LIC. JORGE ARIEL MORALES FRANCO
Oficina: (0155) 5398-0265
Celular: (044) 55-3253-4941
WEB: w w w . l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
E-MAIL: j m o r a l e s a r r o b a l i n a r e s y c i a . c o m (minúsculas y todo junto)
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AutorRespuesta No: 321644
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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Julio de 2013 14:27 2013-07-19 14:27 desde IP: 189.166.105.45
La página no me permite crear una nueva consulta, por favor necesito asesoria, tengo 12 años rentando un local comercial y me piden desocupar el inmuble sin previo aviso, les pedi 4 meses para desocuparlo y buscar a donde irme ya que tengo mercancia por mas de 50 toneladas, pero me negaron el plazo asi que les dije que lo hicieran legalmete pero sospecho que el local esta intestado porque el dueño tiene poco que acaba de morir, necesito saber a que tengo derecho y cuanto tiempo tengo para desalojar el local ya estoy buscando a donde cambiarme, aunque tengo pagada la renta hasta el fin de mes.
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