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MI ESPOSA TOMA EN EXCESO Y SE LLEVA A MI BB

  • Consulta : 100377
  • Autor : javigasi_NR
  • Publicado : Martes 01 de Febrero de 2011 21:04 desde la IP: 201.148.17.15
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,105
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  • Autor
    Consulta

  • javigasi_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenas noches mi esposa toma en exceso sale a "comidas" con sus amigas se la pasan tomando todo el día se lleva a mi bebe de 6 meses, el ambiente en el que se desemvuelve no es el adecuado para mi bebe puesto que toman y fuman en exceso y ella dice que lo cuida muy bien pero la realidad es que no creo que lo haga ya que cuando le llamo por telefono eh escuchado a mi bebe llorando, inquieto o molesto y si le digo algo me cuelga y apaga su celular, estoy preocupado por mi bebe que puedo hacer en este caso, necesito ayuda

    Muchas Gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 208369

  • Pasante
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    estimado forista

    desde mi punto de vista, Usted Forista, antes de demandarle a su esposa la perdida de la guardia y custodia de su menor hijo, tiene que promover mediante un escrito en la via civil se le otorgue la guardia y custodia del mismo provisionalmente porque la madre representa un peligro para la integridad fisica de el, ok



  • Autor
    Respuesta No: 208393

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante, usted no tiene que promover ningun tipo de guarda y custodia... es mas provisionalmente solo ocurre en la mente del forista que me antecede....  dado que promover la guarda y custodia seria entablar un juicio en el que no obtendra nada.... dado la edad de la menor...

    Lo que usted puede demandar es; LA PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD DE SU CONYUGE SOBRE EL MENOR;  acreditando fehacientemente los malos tratamientos o abandonos de deberes, que COMPROMETAN LA SALUD, LA SEGURIDAD O MORALIDAD DE LOS HIJOS... de ninguna manera es un juicio facil... pero es suceptible de acreditar con fe de hechos que pudiera hacer previas al juicio con el MP, o en diligencias que pudieran certificar personal actuante del juzgado...

    Saludos!!

     

     



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