Estado de Referencia: Querétaro
Hola, necesito ayuda para resolver una duda que me surgio en una discusion con algunos compañeros de trabajo, ojalá me ayuden a resolverlo pues nos evitaran algunos conflictos.
Si se autoriza un recurso con fondos federales para realizar una obra pública y este recurso no se ejerce al 100%, que debe suceder con el saldo restante del recurso no ejercido?
Existe alguna ley que indique si el recurso se debe reintegrar o utilizar en otro objeto de obra?
Si se debe reintegrar, como debe realizarse la reintegración del recurso?
Si se debe destinar a otro objeto de obra, como llevar a cabo el tarmite para destinar el recurso a un objeto de obra distinto?
Que leyes, reglamentos, articulos se refieren a estos casos?
De antemano agradezco mucho su apoyo; les envío saludos.
Antonio