Estado de Referencia: Aguascalientes
Aqui les presento un caso interesante:
Mi padre de apellido RAMIREZ obtuvo su apellido durante la epoca de los Braseros con papeles que mi abuelo uso en ese entonces para trabajar en EEUU, pero su apellido original deberia de haber sido PADILLA. De casualidad mi padre se caso con mi madre de apellido PADILLA. Asi que yo deberia de haberme apellidado PADILLA PADILLA en lugar de RAMIREZ PADILLA.
En ese sentido, quisiera nombrar a mi hij que está por nacer, con apellido PADILLA como apellido paterno, en lugar de Ramírez. Sería esto posible? Mi hij va a nacer en Australia, y aquí no hay ningún problema qué apellido escojamos, pero no sé si en la EMBAJADA de México tendría problema. Mi edo. de nacimiento es Aguascalientes, pero en cuestión de jurisdicción en las Embajadas, no sé qué Código Civil aplicaría?
Cual sería el fundamento legal que pudiera utilizar para registrar a mi hij en la Embajada como mexican con apellido PADILLA y luego el apellido de mi esposa? Habría algunas consecuancias legales en nombrarlo con mi segundo apellido en lugar que el primero? Lo vemos como oportunidad para restaurar el apellido de la familia, y no un apellido de uso temporal (por 2 generaciones).
Muchas gracias!