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AñOS PARA TENER DERECHO A PRIMA DE ANTIGUEDAD

  • Consulta : 99830
  • Autor : darkgutti_NR
  • Publicado : Viernes 28 de Enero de 2011 00:01 desde la IP: 189.167.111.75
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,076
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  • Autor
    Consulta

  • darkgutti_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    buenas noches, mi duda es la siguiente, labore solamente 1 año y seis meses en una empresa, me despidieron injustificadamente, me corresponde prima de antiguedad?? muchas gracias por su ayuda, que la verdad desconozco totalmente a ke tengo derecho, solo se me ha dado el aguinaldo, ganaba 5,900 x mes, buenas noches.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 207404

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si, si tiene derecho al pago de la prima de antigüedad, ya que de conformidad con lo que señala el artículo 162, de la Ley Federal del Trabajo, ésta se paga a los trabajadores que se separen o que sean separados del empleo con o sin causa justificada, sin importar el tiempo que tengan laborando.

    En consecuencia, usted deberá asistirse de un abogado especialista en derecho laboral, a fin de que lleve a cabo los trámites legales necesarios, demandado a la empresa antes de que transcurran dos meses a partir de la fecha del despido, a fin de que reclamar las siguientes prestaciones:

    Indemnización constitucional, consistente en tres meses de salario: $ 17,700.00;

    Prima de antigüedad, consistente en doce días por cada año de servicios prestados o parte proporcional, la que se pagacon un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área geogtráfica en que se ubique la empresa (aproximadamente $ 119.00 diarios); $ 2,142.00;

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al primer año de servicios cumplidos (seis días de vacaciones y el 25% del sueldo de estos, por concepto de prima vacacional): $ $ 1,475.00;

    Vacaciones y prima vacacional proporcionales a los seis meses restantes (cuatrodías de vacaciones y 25% de prima vacacional): $ 983.33;

    Aguinaldo proporcional a los días laborados en 2011 (dado que no señala la fecha del despido, elcálculo se hace al 20 de enero): $ 163.86;

    Sueldos y prestaciones que haya devengado y bno le hubieren sido pagados a la fecha del despudo, y

    Salarios caídos, desde el día del despido, hastala fecha que el patrón de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.

    Como recomendación, le sugiero que no firme a la empresa ningún documento, ni finiquito o liquidación, ni renuncia, ni ninguno otro del que pueda desprenderse que fue usted quien dió por terminada la relación de trabajo.



  • Autor
    Respuesta No: 207410

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    estimado lic. raul cadena, con todo respeto tengo una observacion. La indennizacion constitucional se calcula con el sueldo diario integrado o sueldo base de cotizacion, lo cual nos quedaria un sueldo de $205.68 diarios multiplicado por 90 días nos dan un total de $18,511.20.

    Espero sus comentarios lic. en caso de que yo este equivocado porfavor hagame saverlo. Y de antemano le agradesco la atencion al presente.





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