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CóDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES ABROGADO

  • Consulta : 285430
  • Autor : gerardo.t.m
  • Publicado : Viernes 18 de Enero de 2019 18:39
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,087
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  • Autor
    Consulta

  • gerardo.t.m
    ESTUDIANTE

    He estado buscando por diferentes sitios y no logro encontrar el Código de Procedimientos Civiles de 1986. Si alguien de aquí supiera donde lo puedo localizar o me lo pudiera proporcionar de forma electrónica. De ante mano, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 399279

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    gerardo.t.m:

    Hay más de 200 (doscientos) países, y muchos de ellos son estados compuestos con estados internos, como los Estados Unidos de América, los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos del Brasil, y muchos otros, de tal manera que solamente el mejor adivino del mundo puede llegar a saber cuál sea el código que usted busca.



  • Autor
    Respuesta No: 399280

  • gerardo.t.m
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Le agradezco su comentario, y el que busco es del Estado de Puebla, México



  • Autor
    Respuesta No: 399281

  • Magister Curiae
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    gerardo.t.m:

    He buscado pero sin éxito, el archivo digital del código que usted requiere, motivo por el cual realicé la búsqueda de los códigos impresos, aunque tampoco hubo resultado.

    Hecho lo anterior, revisé mis archivos digitales de asuntos que patrociné en Puebla, y entonces encontré uno de los años 1995 (un mil novecientos noventa y cinco) al 1998 (un mil novecientos noventa y ocho).

    Claro está que durante todos estos procesos mi memoria estaba activa para mejor lograr la localización del código de 1986 (un mil novecientos ochenta y seis) y, aunque pudiera estar equivocado, recuerdo que en esa época el código precitado solamente existía en formato impreso de la Editorial Cajiga S. A. y que me quedé esperando el disco óptico que nunca salió a la venta porque mientras se substanciaba mi juicio, se publicó un nuevo ordenamiento por lo que era lógico evitar la digitalización del abrogado.

    Pero el asunto es subsanable por completo, basta que usted hubiera puesto un poco de inteligencia de su parte y en el buscador de Google escribiera el nombre del código que falsamente ha dicho usted haber buscado por todos lados, para que aparezca que lo consigue en

    h t t p s : // e s . s c r i b d . c o m / d o c u m e n t / 3 3 2 8 1 9 3 3 9 /Codigo-de-Procedimientos-Civiles-1986-Abrogado-Definitivo

    Recuerde que Eduardo J. Couture escribió que:

    El derecho se aprende estudiando pero se ejerce pensando.



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