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PENSIóN ALIMENTICIA
- Consulta : 281078
- Autor : leo_juangil_NR
- Publicado : Miércoles 28 de Septiembre de 2016 14:09 desde la IP: 187.132.230.32
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 28 de Septiembre de 2016
Estado de Referencia: Tabasco
hola,buenas tardes, antes que nada agradezco mucho su amable atención a las preguntas siguientes: ¿será nulo un convenio de reducción de alimentos, realizado entre el tutor y el obligado pese a que hay sentencia ejecutoriada? o bien ¿sirve como elemento de prueba para promover incidente de reducción de pensión alimenticia ? -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 391113
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Fecha de respuesta: Miércoles 28 de Septiembre de 2016 18:30 2016-09-28 18:30 desde IP: 187.221.158.20
Mi estimado consultante leo_juangil.
Para que exista la reducción de una pensión alimenticia, tiene necesariamente que ser mediante una resolución judicial, ya que los convenios que luego realizan los involucrados, se desapegan a la normatividad aplicable.
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Autor
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AutorRespuesta No: 391120
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Septiembre de 2016 01:35 2016-09-29 01:35 desde IP: 201.141.162.117
Cómo bien lo menciona el Abogado Rosen, la pensión alimenticia no puede ser motivo de transacción o convenio entre las partes, por lo que deberá iniciar el incidente respectivo sin importar que exista una sentencia previa en la cual se condenó al pago de X porcentaje de alimentos, precisamente la naturaleza del incidente de reducción es disminuir esa cantidad derivado de circunstancias o factores que no permiten cumplir cabalmente con esa obligación y es con ello que se le deberá hacer saber al juez mediante un "juicio pero en chiquito", contrate a un abogado en materia familiar para que le asista en su asunto, Saludos
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