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CESION DE DERECHOS DE PAGARE
- Consulta : 171509
- Autor : cesarprotecc_NR
- Publicado : Martes 02 de Octubre de 2012 11:53 desde la IP: 189.167.59.180
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 02 de Octubre de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 287272
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Octubre de 2012 12:05 2012-10-02 12:05 desde IP: 189.170.192.12
Supongo que es tarea. La redacción lo dice todo. Le ayudaré no obstante.
NO, no puede ceder los derechos derivados de un pagaré en en juicio concluido, porque los derechos del actor ya fueron reconocidos en la sentencia, y es ésta la actual fuente de los mismos. Puede, empero, ceder los derechos "litigiosos" reconocidos por dicha sentencia ante el mismo tribunal, pero nunca a través de una simple carta poder.
Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 287275
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Octubre de 2012 12:19 2012-10-02 12:19 desde IP: 187.194.56.22
los derechos litigioso... no pueden ser cedidos... en paleluchos... ni notariados... lo del juzgado... en el juzgado... puedes ceder los derechos litigioso... o hacer cambio de endoso en propiedad...
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