Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

PRESCRIPCION POSITIVA

  • Consulta : 229109
  • Autor : morveztrinis_NR
  • Publicado : Jueves 08 de Mayo de 2014 23:20 desde la IP: 201.145.225.70
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,068
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • morveztrinis_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Morelos

    Buenas noches licenciados.

    Mi pregunta es la siguiente:

    resulta, que mi madre era ejidataria reconocida y con titulos parcelarios en un poblado del estado de morelos, registro ante el RAN su lista de sucesores en el año 2003 en el que nombro a mi y  a una hermana. Posteriormente y sin saberlo nadie mas, mi madre relizo una cesion de derchos en favor de mi hermana, pero a mi entender no reune los requisitos de haber sido notificado al RAN dicho convenio. Esto es asi ya que no se expidieron nuevos titulos parcelarios a nombre de mi hermana.

    pues resulta que mi hermana fallece en el año 2007, posteriormente mi madre fallece en el 2011 y otra de mis hermanas se encarga de seguir sembrando el predio desde esa fecha. Se hacen los tramites y el RAN me expide certificado parcelario en el año pasado 2013 debido a que figuro como sucesor.

    Debido a esto, la hija de mi hermana a la que supuestamente mi madre cedio los derechos, interpuso demanda de prescripcion positiva y me señalo como demandado, y en su demanda indica que tiene la posesion desde que su madre celebro la cesion de derechos con mi madre (cosa que no es verdad)

    Mi pregunta es: QUE PRUEBAS DEBO APORTAR AL CONTESTAR LA DEMANDA?

    cabe destacar que nunca ha tenido la posesion

    Bastara con solo exibir mi cetificado parcelario?

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión