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BLOQUEO DE ACCESO A LA CALLE / COLONIA MEDIANTE UNA PLUMA Y CASETA ZONA ATIZAPAN EDO.MEX.

  • Consulta : 162037
  • Autor : lucia6510_NR
  • Publicado : Miércoles 25 de Julio de 2012 20:25 desde la IP: 189.241.138.204
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • lucia6510_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Saludos amigos.

    mi consulta es la siguiente: en la calle donde vivo se establecio como medida de seguridad ( desde hace años ) la colocacion de una pluma y

    una caseta de seguridad privada, que esta ultima se sostiene economicamente a traves de la cooperacion de cuotas "VOLUNTARIAS".

    Y en fechas recientes me esta siendo imposible cumplir con las cuotas.

     La pregunta seria :

    ¿ Me pueden impedir el acceso ?

    ¿ Me pueden obligar a levantar la pluma ?

    ¿ Me pueden exibir en una lista de deudores ?

    ¿ Me pueden encarar de manera violenta ?

    Espero ansiosamente me puedan resolver estas dudas , de antemano GRACIAS.

    Claro esta todo esto dentro del marco legal.

    Domicilio atizapan de zaragoza edo. de mexico.

                                       

     

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  • Autor
    Respuesta No: 277199

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Como su colonia no está sujeta al régimen de propiedad en condominio, la pluma fue instalada por cuotas voluntarias de quienes quisieron implementar la caseta, no menciona si Usted aceptó o no, si lo hizo por escrito o no. Sin embargo, por tratarse de un mecanismo de prevención del delito, no lo pueden obligar a pagar las cuotas y mucho menos a exhibirlo en una lista de deudores, ya no se diga ha increparlo con violencia, y evidentelente no, no le pueden prohibir el paso ya que como propietario legítimo estarían incurriendo en despojo quienes le impiden la entrada, lo que sí es muy probable es que se nieguen a levantar la pluma y Usted tendrá que hacerlo personalmente mientras presenta una demanda ente la Dirección de Obras del Municipio solicitando la demolición de la pluma.



  • Autor
    Respuesta No: 277200

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Como su colonia no está sujeta al régimen de propiedad en condominio, la pluma fue instalada por cuotas voluntarias de quienes quisieron implementar la caseta, no menciona si Usted aceptó o no, si lo hizo por escrito o no. Sin embargo, por tratarse de un mecanismo de prevención del delito, no lo pueden obligar a pagar las cuotas y mucho menos a exhibirlo en una lista de deudores, ya no se diga ha increparlo con violencia, y evidentelente no, no le pueden prohibir el paso ya que como propietario legítimo estarían incurriendo en despojo quienes le impiden la entrada, lo que sí es muy probable es que se nieguen a levantar la pluma y Usted tendrá que hacerlo personalmente mientras presenta una demanda ente la Dirección de Obras del Municipio solicitando la demolición de la pluma.



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