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DESPIDO INJUSTIFICADO
- Consulta : 222197
- Autor : nr_NR
- Publicado : Miércoles 19 de Febrero de 2014 16:17 desde la IP: 189.173.73.29
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 19 de Febrero de 2014
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 340847
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Febrero de 2014 17:22 2014-02-19 17:22 desde IP: 189.212.205.133
Nada, usted dejó pasar dos meses a partir de la fecha en que fue despedido injustificadamente, sin que entablara su demanda; por tanto, si acción está prescrita.
Esa era la intención del patrón al decirle que su contrato de trabajo se renovaría iniciando el año, que transcurriera el plazo previsto en la Ley, para que no pudiera demandarlo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 340848
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Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Febrero de 2014 17:24 2014-02-19 17:24 desde IP: 189.212.205.133
Nada, usted dejó pasar dos meses a partir de la fecha en que fue despedido injustificadamente, sin que entablara su demanda; por tanto, si acción está prescrita.
Esa era la intención del patrón al decirle que su contrato de trabajo se renovaría iniciando el año, que transcurriera el plazo previsto en la Ley, para que no pudiera demandarlo.
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