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JURIS VOL CAMBIO DE REGIMEN

  • Consulta : 118004
  • Autor : jorge1574
  • Publicado : Lunes 27 de Junio de 2011 22:50 desde la IP: 189.141.100.125
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,068
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  • Autor
    Consulta

  • jorge1574
    USUARIO REGISTRADO

    buenas noches me gustaria saber si alguien me puede apoyar con la siguiente duda, mis padres hicieron un cambio de regimen de sociedad conyugal, la de separacion de bienes, ya salio la resolucion y ordena se giren las copias certificadas al c. director del registro civil, pero es omiso en cuanto a girar oficio al c. director del registro publico de la propiedad, solo dice que se debe protocolizar la cesion de derecho, considero que es erronea la sentencia en ese sentido, me dicen que debo hacer una aclaracion de sentencia, pero me gustaria me informaran que termino tengo para presentarla apartir de que surte efectos la resolucion y en que sentido debo solictar la aclaracion,  se hizo el cambio de regimen por que no se tiene el dinero para escriturar, entonces me dijeron que al salir la sentencia se debia ordenar la inscripcion en el registro publico de la propiedad de la resolucion, pero fue omisa en ese sentido y me gustaria saber si pueden ayudarme a disipar mi dudad y en que articulos debo hacer mi aclaracion con respecto a este asunto que les comento, gracias

     

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