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MI AUTOMóVIL NO ESTá A MI NOMBRE

  • Consulta : 212724
  • Autor : mayil13_NR
  • Publicado : Viernes 01 de Noviembre de 2013 14:51 desde la IP: 148.240.203.190
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,070
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  • Autor
    Consulta

  • mayil13_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Jalisco

    Buen día.

    Hace un año adquirí un automóvil nuevo de agencia. Se dio un enganche y por el monto restante se otorgó un crédito a pagar en 36 meses.
    Por razones fiscales, el automóvil y crédito del mismo salió a nombre de mi cuñado (hermano de mi esposo), pero yo hago uso de él, pago puntualmente las mensualidades del crédito mediante transferencia electrónica a la cuenta de mi cuñado y me hago cargo de gastos de mantenimiento.

    Actualmente me encuentro en proceso de divorcio. No he dejado de absorber los gastos del automóvil pero me preocupa que me quiten el vehículo. Por el momento mi ahora ex-cuñado está en la mejor disposición (pero mi ex-esposo no). De hecho, mi ex-cuñado esta preocupado de que yo deje de pagar las mensualidad y yo, preocupada porque me vaya a quitar el coche.

    ¿Hay algun formato que sirva para no perder mi vehículo? Me interesa la tranquilidad de ambas partes: que se establezca que en tanto yo no deje de pagar puntualmente las mensualidades puedo disponer del auto y que él (mi ex-cuñado) no me lo puede quitar o vender; además, que al finiquitar el adeudo del crédito, él se compromete a realizar el cambio de propietario a mi nombre.

    ¿Es posible hacer esto? ¿de qué manera?
    Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 330859

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, celebren un contrato privado de cesión de derechos o compraventa… el Nombre no importa, sino las estipulaciones del contrato… por el cual uno se obliga a entregar el vehiculo al otro, en calidad de propietario y el otro a pagar las mensualidades pendientes. Tal cual como lo narraste.

    Ya con ese documento no deberá haber mayor preocupación.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.  



  • Autor
    Respuesta No: 330864

  • YOMAURICIOYO
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Lo comentado por el forista anterior, es correcto, unicamente lo que agregaria sería que dicho contrato sea ratificado ante notario publico y lo registren en el registro publico de comercio de tu estado. Saludos espero te sirva esta orientación.



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