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DEMANDA POR UN PAGARE
- Consulta : 139764
- Autor : gabryela-solis_NR
- Publicado : Viernes 24 de Febrero de 2012 12:15 desde la IP: 189.144.58.73
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,073
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 24 de Febrero de 2012
Estado de Referencia: Estado de México
Buenos días el día de hoy me fueron a emplazar a mi domicilio por un pagare que mi esposo firmo en el año 2006, ¿esto es posible o los pagares tienen alguna fecha de vencimiento?¿Que debo hacer?, no encontraron a mi marido y la copia de la demanda me la dejaron a mi.
Por su atención gracias, estare a la espera de su respuesta
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 255765
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Febrero de 2012 12:19 2012-02-24 12:19 desde IP: 189.136.55.189
Tienen 8 días hábiles para contestar esa demanda, te sugiero que acudas con un abogado , pero ya.
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Autor
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AutorRespuesta No: 255769
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Febrero de 2012 12:55 2012-02-24 12:55 desde IP: 201.102.169.30
El mismo consejo que el anterior forista: Consulte a su Abogado de Confianza al efecto de que pueda efectuar la contestación correspondiente, en razón al tiempo considero puede tener una defensa adecuada. Saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 255813
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Febrero de 2012 16:20 2012-02-24 16:20 desde IP: 189.140.241.250
Es importante contestar la demanda, nosotros podemos ayudarla.
Para una debida asesoría jurídica YAÑEZ&BARROSO ABOGADOS pone a sus órdenes sus servicios legales, nosotros nos encontramos en Avenida Insurgentes Sur 634, 4ºpiso, despacho 403, Col. Del Valle, a la altura del World Trade Center México, también puede contactarnos al 47535414, para más info (www).(yanezybarrosoabogados).(com).(mx)
Comprometidos con el derecho.
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Autor
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AutorRespuesta No: 255821
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Febrero de 2012 17:33 2012-02-24 17:33 desde IP: 201.117.170.13
tienen fecha de prescriben por la parte ejecutiva por la parte ordinaria civil 10 años, en el caso de una pagare si se firmo en 2006 puede haber un pago parcial en 2010 y esto lo activa hay que checar los terminos de la demanda. saludos y espero que mi respúesta le haya servido
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AutorRespuesta No: 255823
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Febrero de 2012 17:39 2012-02-24 17:39 desde IP: 201.137.151.55
BUENO LO PRIMERO QUE TENDRA QUE HACER ES CONTESTAR LA DEMANDA EN CASO DE QUE USTED APAREZCA DENTRO DEL PAGARE COMO AVAL O ALGO POR EL ESTILO DE NO SER ASI SE TENDRA QUE HACER LA DEVOLUCION DE LA CEDULA DE NOTIFICACION MANIFESTANDO QUE SU ESPOSO YA NO VIVE EN ESE DOMICILIO, YA QUE DE NO SER ASI AL NO CONTESTAR LA DEMANDA, SE VA EN REBELDIA Y SE EMBARGAN BIENES YA QUE NO COMENTA SI EL ACTUARIO CUANDO LA EMPLAZO EMBARGO ALGUN BIEN
SI TIENE ALGUNA DUDA NOS PONEMOS A TUS ORDENES
LIC. ALEJANDRO BARROSO
TEL DESPACHO 55.82.94.11
TEL NEXTEL 36.19.84.09
TEL CEL 55.29.19.30.66
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