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MANUTENCION PARA MI MADRE

  • Consulta : 134132
  • Autor : ingenieria_beltran_NR
  • Publicado : Lunes 02 de Enero de 2012 17:07 desde la IP: 189.199.169.61
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,069
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  • Autor
    Consulta

  • ingenieria_beltran_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sinaloa

    mi madre tiene 81 años 5 en cama mismos que tengo cuidandola de mis hermanos dos hombres trabajan de las mujeres una es jubilada y la otra no tiene ingresos fijos existe algun mecanismo legal para recordarles que ahun tienen mama  gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 250153

  • felpingut
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    HOLA ESPERO PODER AYUDARTE. SOLAMENTE TINES QUE APOYARTE DE UN ABOGADO DE TU ESTADO PARA PRESENTAR UNA DEMANDA DE PENSION ALIMENTICIA EN LA QUE TU MAMA DEMANDE A TODOS TUS HERMANOS Y LA LEY LES OBLIGUE A PAGAR UNA PENSION ALIMENTICIA PARA ELLA.



  • Autor
    Respuesta No: 250155

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimado (a) consultante Ingenieria_beltran:

    Mire, solo como apoyo a la correcta respuesta  anterior, le transcribo el sustento jurídico respecto de la obligatoriedad  en relación a su consulta:

    Código Civil de Sinaloa

    ART. 304. Los hijos están obligados a dar alimentos a los padres. A falta o por imposibilidad de los hijos, lo están  los descendientes más próximos en grado.

    ART. 308. Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad. Respecto de los menores los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a sus circunstancias personales.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE



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