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MANUTENCION PARA MI MADRE
- Consulta : 134132
- Autor : ingenieria_beltran_NR
- Publicado : Lunes 02 de Enero de 2012 17:07 desde la IP: 189.199.169.61
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,069
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 02 de Enero de 2012
Estado de Referencia: Sinaloa
mi madre tiene 81 años 5 en cama mismos que tengo cuidandola de mis hermanos dos hombres trabajan de las mujeres una es jubilada y la otra no tiene ingresos fijos existe algun mecanismo legal para recordarles que ahun tienen mama gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 250153
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Enero de 2012 17:35 2012-01-02 17:35 desde IP: 201.167.151.250
HOLA ESPERO PODER AYUDARTE. SOLAMENTE TINES QUE APOYARTE DE UN ABOGADO DE TU ESTADO PARA PRESENTAR UNA DEMANDA DE PENSION ALIMENTICIA EN LA QUE TU MAMA DEMANDE A TODOS TUS HERMANOS Y LA LEY LES OBLIGUE A PAGAR UNA PENSION ALIMENTICIA PARA ELLA.
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Autor
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AutorRespuesta No: 250155
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Enero de 2012 18:01 2012-01-02 18:01 desde IP: 189.181.38.118
Mí estimado (a) consultante Ingenieria_beltran:
Mire, solo como apoyo a la correcta respuesta anterior, le transcribo el sustento jurídico respecto de la obligatoriedad en relación a su consulta:
Código Civil de Sinaloa
ART. 304. Los hijos están obligados a dar alimentos a los padres. A falta o por imposibilidad de los hijos, lo están los descendientes más próximos en grado.
ART. 308. Los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en caso de enfermedad. Respecto de los menores los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a sus circunstancias personales.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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