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EJECUTIVO MERCANTIL
- Consulta : 131828
- Autor : lexus 1
- Publicado : Miércoles 30 de Noviembre de 2011 15:08 desde la IP: 189.135.123.31
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,067
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 30 de Noviembre de 2011
En reunion con la parte actora se grabo una cinta de sonido en donde aclara que el origen de los pagares que intenta cobrar son por un adeudo con una persona moral, la actora presento pagares como si fuera ella la titular del derecho a cobrarlos pero no se percata de la autenticidad de las firmas mi cliente ella argumenta que a ella se los dio la persona moral y ella confia en esa situacion por otra parte mi cliente dice que no firmo dicho pagare el dictado caligrafico arrojo que en efecto la firma no procededel puño y letra de mi cliente el peritaje de la otra parte dice que si procede del puño y letra de mi cliente esperamos que se designe el tercero por el juez pero el articulo 1205 del codigo de comercio habla de que pruebas se pueden presentar y entre ellas se encuentran las cintas de sonido como es la forma correcta de exhibir esa prueba en donde ella dice que el origen del adeudo que se intenta cobrar es de una persona moral y que ella no las conocia sino hasta la fecha de embargo en el cual el actuario omitio anotar lo señalado por el demanadado en el momento de reconocimiento de firma y monto del adeudo por lo que no firmo el acta levantada por el ejecutor en dicha cinta habla ella de que ella en efecto no las conocia pero que es mas facil para ella presentar a cobro los pagares de esa forma como si ella fuera la titular del derecho y vuelve a señalar que en efecto el origen del adeudo no es con ella sino con una persona moral y que incluso ese no es el monto que en derecho procede cabe aclarara que el monto adeudado es risible puesto que es de $2,000 pesos y el intentado a cobrar es de $22,000 pesos
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