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LAUDO E IMPUESTOS
- Consulta : 216051
- Autor : Armandos_NR
- Publicado : Lunes 09 de Diciembre de 2013 20:54 desde la IP: 187.153.109.205
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,088
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 09 de Diciembre de 2013
Estado de Referencia: Quintana Roo
Buenas noches a todos: Tengo una duda, gane una demanda laboral de muchos años, la junta ordeno el pago por 700,000 pesos acá vienen las preguntas, es obligatorio que la empresa demandada me retenga algún impuesto (ISR) u otro., según he leído no causa impuestos ya que es indemnización ya que no habia relación laboral, y si es así cuanto seria el porcentaje ellos hablan del 30%, pero por otro lado dicen que en monto en el laudo debe ser neto, ayúdenme por favor se los agradezco no quiero que negocien bajo el agua mi Lic. Y la empresa gracias -
AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 334808
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Fecha de respuesta: Lunes 09 de Diciembre de 2013 21:02 2013-12-09 21:02 desde IP: 187.162.210.121
El patrón debe pagar las cantidades a las que resultó condenado íntegramente, pues al haber dejado de existir la relación laboral, dejó de tener el carácter de retenedor del impuesto sobre la renta; por tanto, está obligado a pagar sin que pueda hacer ninguna deducción.
Sin embargo, ello no lo releva a usted de la obligación de pagar el impuesto sobre la renta que le corresponda, lo que deberá hacer a través de la declaración anual que deba presentar en el año siguiente a aquél en que pueda hacer efectivo el laudo.
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