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SOCIEDAD LEGAL O SOCIEDAD CONYUGAL ????
- Consulta : 109298
- Autor : lordadrian28_NR
- Publicado : Miércoles 13 de Abril de 2011 22:09 desde la IP: 189.226.76.126
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 13 de Abril de 2011
Estado de Referencia: Jalisco
hola, tengo una super duda, a ver si me pueden ayudar, de antemano mil graicas.
mi nombre es Adrian, y bueno estoy por casarme, pero la verdad no se mucho de leyes ok, buscando informacion en internet sobre lo que es casarce por sociedad conyugal o sociedad legal me encuentro bastantes datos y terminos que la verdad no comprendo, por lo que les pregunto a ustedes, pero antes les exoplico:
yo me quiero casar y no me impotaria hacerlo como normalmente se hace creo yo que es por sociedad conyugal, tengo entendido que ese tipo de matrimonio quiere decir que todo lo que tengamos en un dado caso de que terminemos la sociedad se reparte y no tengo problema, pero, pero yo lo que no quiero que entre en esa sociedad es lo que pueda heredar por parte de mis padres, osea que yo quiero casarme y todo lo que yo logre construir o adquirir mientras esta conmigo mi pareja si estoy deacuerdo en que si terminamos se reparta, pero no lo que mis padres me pudieran aver heredado, espero explicarme, tambien del mismop modo por parte de ella, no me intereza que si a mi pareja le heredan halgo tuviera que entrar en la sociedad, esto es posible y como lo puedo manifestar o que onda???? mil gracias. att Adrian C.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 219321
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Abril de 2011 09:59 2011-04-14 09:59 desde IP: 187.160.104.5
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Autor
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AutorRespuesta No: 219328
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Abril de 2011 10:50 2011-04-14 10:50 desde IP: 189.200.114.215
Hola Adrian.
Por principio de cuentas... OJO las dos figuras existen y no son sinonimos. En Algunos estados contemplan la sociedad conyugal y la sociedad legal AMBAS y no son sinonimos insisto.
Casi en la mayoria de los estados es Separacion de bienes y sociedad conyugal (Bienes mancomunados le llaman en el DF creo)
La sociedad conyugal, por su propia naturaleza no implica que TODO sea mitad y mitad. Eso es un mito. La sociedad conyugal se basa en CAPITULACIONES MATRIMONIALES que no es otra cosa que el consentimiento expreso de los conyuges sobre la administracion de los bienes.
En estas capitulaciones se señala primeramente el listado de bienes que quieren formen parte de la sociedad conyugal. Esto es, pudiere tener usted 5 casas en este momento pero solo quiere que UNA de ellas forme parte de la sociedad conyugal o quiza NINGUNA y solo los bienes que hagan entre ustedes formen parte de la sociedad ...asi se estipula en dichas capitulaciones.
Lo mismo lo que usted señala... LAS HERENCIAS. Ahi se señala si es su deseo que las herencias formen parte o no de la sociedad conyugal, o incluso solo los frutos formen parte... esto es si hay casas o inmuebles arrendados...pudiere ser que solo los dineres que generen las rentas formen parte de dicha sociedad conyugal y no los inmuebles o viceversa.
Lo mismo pasa con las deudas. Ustedes ahi señalan si las deudas que hasta hoy dia los dos tienen formen parte de la sociedad o bien las deudas queden fuera y cada uno se haga responsable de las mismas. Obvio me refiero a las deudas que hayan contraido antes de la sociedad.
La administracion de la sociedad tambien ahi se decide y en caso de disolucion el porcentaje para cada uno. No necesariamente es 50 y 50. Puede ser que alguien aporte mas a la sociedad y al momento de constituir las capitulaciones acuerden ambos que el porcentaje sera 90 y 10. Esto TAMBIEN es posible.
Es por ello que dichas capitulaciones hechas ante noatrio publico deben inscribirse en el Registro Publico de la propiedad para que surta efectos contra terceros.
SALUDOS
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