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PéRDIDA DE ACTA DE ALUMBRAMIENTO

  • Consulta : 217585
  • Autor : harrytanna_NR
  • Publicado : Jueves 02 de Enero de 2014 18:39 desde la IP: 189.143.241.203
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,717
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  • Autor
    Consulta

  • harrytanna_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas noches. Conocemos a una niña que actualmente tiene 7 años y no va a la escuela ni al médico por falta de acta de nacimiento, al preguntar el por qué de esta desaparición nos dicen que desde que salió del hospital la madre no sabe si la hoja de alumbramiento se la quedaron en el hospital o la familia del papá se la llevó. ¿Cómo se puede registrar a la niña sin estos papeles? ¿Existe la posibilidad de que la familia paterna tenga la hoja de alumbramiento y alegue algo si la registramos sólo con los apellidos de una familia?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 336870

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    la obligación... es registrarla... y esa payasada del acta de- alumbramiento... es un acto administrativo.... y se entiende que acudes al hospital... y te la vuelven a dar...



  • Autor
    Respuesta No: 377050

  • cesarmolmar
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    PERDISTE LA HOJA DE ALUMBRAMIENTO O TE LA ROBARON  Y NO PUEDES REGISTRAR A TU BEBE O NO LO HAS REGISTRADO POR DECIDIA, HACERCATE A NOSOTROS TE AYUDAMOS A REGISTRARLO, LA EDAD NO IMPORTA. SOMOS ESPECIALISTAS EN LA MATERIA. TRAMITAMOS ACTAS EXTEMPORANEAS PARA NIÑOS Y ADULTOS. LLAMANOS 5009 9005



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