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JUICIO INTESTAMENTARIO
- Consulta : 282353
- Autor : BoxerHtx
- Publicado : Lunes 10 de Abril de 2017 17:03 desde la IP: 189.216.207.52
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,075
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 10 de Abril de 2017
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 393875
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 17:32 2017-04-10 17:32 desde IP: 189.180.195.216
1... contrata un abogado especialista en derecho familiar y sucesiones.... 2... el sbe que hacer... 3... no promuevas tu... deja que un especialista promueve...4... luego echan a perder y quieren que un especialista desamarre el nudo....
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AutorRespuesta No: 393884
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 18:36 2017-04-10 18:36 desde IP: 189.216.207.52
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Autor
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AutorRespuesta No: 393885
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 18:53 2017-04-10 18:53 desde IP: 189.175.39.70
Para iniciar un Juicio Sucesorio Intestamentario contrate los servicios de un Abogado, mismo tramitara la demanda ante el Juzgado de lo Familiar, con las pruebas que le solicite para acreditar el tronco familiar que lo unía con el de cujus (difunto); en el la misma demanda solicitara se giren oficios a la Dirección General de Notarios y Registro Publico de la Propiedad y del comercio con el finalidad de que informen si existe testamento, caso contrario la demanda continuara por la vía intestamentaria. Saludos.
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AutorRespuesta No: 393886
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 19:05 2017-04-10 19:05 desde IP: 189.180.195.216
sin promover juicio... aunque supieras el numero de la notaria... no se te enteraria de nada... debes promover juicio y dar participación a todos los posibles herederos... pero... tu abogado te dice... si tu señora madre ...por ser conyuge superstite... le corresponde el todo de la masa hereditaria... segun la ley de tu estado...
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AutorRespuesta No: 393887
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 19:16 2017-04-10 19:16 desde IP: 189.216.207.52
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AutorRespuesta No: 393888
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 20:12 2017-04-10 20:12 desde IP: 201.153.72.78
Es enester el acta de defunción, acta de matrimonio si fue casado, y acta de nacimiento de los hijos nacidos en el matrimonio. Estamos a sus ordenes. cincunta y cinco catorce setenta y ocho noventa y siete o celular cincuenta y cinco veintidos cincuenta y dos veintinueve cuarenta y nueve. Estamos a sus ordenes. Lic. Trillo.
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AutorRespuesta No: 393889
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 20:12 2017-04-10 20:12 desde IP: 201.153.72.78
Es enester el acta de defunción, acta de matrimonio si fue casado, y acta de nacimiento de los hijos nacidos en el matrimonio. Estamos a sus ordenes. cincunta y cinco catorce setenta y ocho noventa y siete o celular cincuenta y cinco veintidos cincuenta y dos veintinueve cuarenta y nueve. Estamos a sus ordenes. Lic. Trillo.
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AutorRespuesta No: 393890
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 20:14 2017-04-10 20:14 desde IP: 201.153.72.78
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AutorRespuesta No: 393891
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 20:14 2017-04-10 20:14 desde IP: 201.153.72.78
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AutorRespuesta No: 393893
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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Abril de 2017 22:59 2017-04-10 22:59 desde IP: 189.175.39.70
Como ya se le asesoro con anterioridad, debe iniciar un Juicio Intestamentario, debido que no sabe Usted si existe o no testamento; de igual manera tampoco lo sabrá el Abogado que contrate, pero hará los tramites correspondientes para ello, ya que es difícil saberlo, es por eso que se deben girar los oficios que le comente con anterioridad. Saludos.
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AutorRespuesta No: 393906
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Abril de 2017 12:49 2017-04-11 12:49 desde IP: 177.227.90.157
Tus abogados de confianza legaleinversiones Te recomendamos consultar con tu abogado de cabecera para iniciar el juicio. Pero si lo único que quieres es saber si existe testamento para saber por cual vía debes seguir, entonces tu mismo puedes acudir a la oficina local en tu cuidad del registro nacional de avisos de testamento y hacer la consulta personalmente antes de contratar abogado, revisa este link para encontrar la oficina mas cercana: //testamentos.gob/textos.php?txt=1
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